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INAGA: Autorizaciones de emisiones a la atmósfera

  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
  • Contaminación del aire
  • Industria

Autorizaciones administrativas para actividades que emitan sustancias contaminantes de la atmósfera en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Descripción


En relación a lo que podríamos denominar regulación administrativa de las actividades industriales responsables de emisiones a la atmósfera, hay que mencionar las denominadas actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (sistematizadas y clasificadas en un catálogo), las actividades emisoras de compuestos orgánicos volátiles y las de gases de efecto invernadero. 

Las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera vienen definidas en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (BOE número 275, de 16/11/2007), como "aquellas que por su propia naturaleza, ubicación o por los procesos tecnológicos utilizados constituyan una fuente de contaminación cuyas características pueden requerir que sean sometidas a un régimen de control y seguimiento más estricto".

La citada Ley 34/2007, en su Anexo IV, enumera las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y las clasifica en tres grupos A, B y C, según su potencial contaminador, articulándolas de ese modo en un catálogo. Con posterioridad se aprueba el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (BOE número 25, de 29/01/2011).

En base a esta clasificación en 3 grupos A, B y C, el desarrollo de algunas actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, por parte de determinadas instalaciones, requiere bien de la inscripción en un registro o bien de la autorización de dichas actividades para el correcto control de las mismas.

Por otro lado, el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades (BOE número 33, de 07/02/2003), establece la obligatoriedad de inscripción en un registro de aquellas instalaciones industriales cuyas actividades sean fuente de emisión de compuestos orgánicos volátiles (COV), siempre que superen unos umbrales determinados y no se encuentren sometidas al otorgamiento previo de la Autorización Ambiental Integrada.

En cuanto a las instalaciones industriales emisoras de gases de efecto invernadero, la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (BOE número 59, de 10/03/2005), determina la obligatoriedad de las mismas de solicitar la correspondiente autorización.

En Aragón el órgano administrativo ante el que tramitar estos procedimientos es el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

Tipologías de tramitación

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre atmósfera

Acceso a datos y cartografía

Cartografía

INAGAGEO: Visor SIG de cartografía. Edición y análisis de distancias

Última actualización: 17/01/2024

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