Registro Electrónico General de la Administración Pública de Aragón
Presenta tus documentos de manera telemática a través del Registro Electrónico General de Aragón.
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¿Qué es el Registro Electrónico y para qué sirve?
El Registro Electrónico General de Aragón es un servicio que permite registrar la entrada de documentos que se presentan o se reciben de forma electrónica en los departamentos y organismos públicos de la Administración Pública de Aragón.
Si necesita presentar documentos a otras Administraciones Públicas deberá utilizar el Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
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¿Qué documentación debo presentar en el Registro Electrónico?
Cada trámite requiere la utilización de un formulario normalizado diferente . Puede encontrar esta documentación en las páginas de información del trámite que desea realizar. ¿Cómo localizar un trámite que quiero realizar?
No obstante, deberá consultar si el trámite que desea realizar está disponible en tramitación en línea o no. Si así lo fuera, deberás realizarlo de este modo. ¿Cómo realizar un trámite online? Si no, podrá firmar el formulario normalizado y aportarlo junto con la documentación necesaria a través del Registro Electrónico.
Si no encuentras el formulario normalizado, puedes utilizar la Solicitud de Carácter General.
Si quieres presentar alegaciones o hacer aportaciones de documentos puedes consultar esta información: ¿Cómo puedo adjuntar documentos a un procedimiento ya iniciado?
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¿Cuándo puedo usar el Registro Electrónico? ¿Qué días del calendario son inhábiles?
En el Registro Electrónico puede presentar solicitudes cualquier día del año. No obstante, serán días inhábiles a efectos del Registro Electrónico los días fijados por la Comunidad Autónoma de Aragón en el Decreto correspondiente del Gobierno de Aragón.
Por ello, todas las solicitudes recibidas en un día inhábil para el Registro Electrónico se entenderán realizadas en la primera hora del primer día hábil siguiente.
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¿Qué necesito para presentar solicitudes en el Registro Electrónico?
Lo único que necesita es disponer de un certificado electrónico expedido por alguno de los prestadores de servicios electrónicos de confianza cualificados de conformidad con la Ley 59/2003, de 29 de diciembre, de firma electrónica y publicada en la sede del Gobierno de Aragón.
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