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Consulta tus datos, notificaciones y trámites en un único espacio.
Acceder a MiAAutorización de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
Trámite Nº1265
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
TrámiteNº1265
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se podrá solicitar la autorización necesaria para los centros que desarrollen actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera de los grupos A y B.
Las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera son aquellas que, por su propia naturaleza, ubicación o por los procesos tecnológicos utilizados, constituyen una fuente de contaminación, cuyas características pueden requerir que sean sometidas a un régimen de control y seguimiento más estricto.
Subtipología 74A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Los titulares de centros que desarrollen actividades incluidas en el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera de los grupos A o B.
Requisitos
- Desarrollar una actividad que esté incluida en el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera aprobado por el Real Decreto 100/2011 con los epígrafes A o B.
Pago de tasas
Acorde a la Ley 7/2021, de modificación del Texto Refundido de las Tasas de la CC AA de Aragón, este trámite requiere la AUTOLIQUIDACION y PAGO de la Tasa 28 por servicios administrativos en materia de Protección del medio ambiente:
Tarifa 23. Por la autorización, prórroga o modificación de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera: cuota de 304,20 euros.
Obtención:
1º Generar y descargar documento de autoliquidación (desde enlace)
2º Pagar tasa: tarjeta, domiciliación, efectivo
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Recursos y enlaces de interés
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Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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Preguntas frecuentes
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La contaminación atmosférica es la presencia en la atmósfera de materias, sustancias o formas de energía que impliquen molestia grave, riesgo o daño para la seguridad o la salud de las personas, el medio ambiente y demás bienes de cualquier naturaleza.
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Las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera son aquellas que por su propia naturaleza, ubicación o por los procesos tecnológicos utilizados constituyan una fuente de contaminación a la atmósfera cuyas características pueden requerir que sean sometidas a un régimen de control y seguimiento más estricto y necesitan ser autorizadas o inscritas para su adecuado control.
El catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA-2010) es aprobado por el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, (BOE n. 25 de 29/01/2011).
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Los principales contaminantes atmosféricos según el Anexo I de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (BOE n. 275 de 16/11/2007), son los siguientes:
- Óxidos de azufre y otros compuestos de azufre
- Óxidos de nitrógeno y otros compuestos de nitrógeno.
- Óxidos de carbono.
- Ozono.
- Compuestos orgánicos volátiles.
- Hidrocarburos aromáticos policíclicos y compuestos orgánicos persistentes.
- Metales y sus compuestos.
- Material particulado (incluidos PM10 y PM2,5).
- Amianto (partículas en suspensión, fibras).
- Halógenos y sus compuestos.
- Cianuros.
- Policlorodibenzodioxinas y policlorodibenzofuranos.
- Sustancias y preparados respecto de los cuales se haya demostrado o existan indicios razonables de que poseen propiedades cancerígenas, mutágenas, xenoestrógenas o puedan afectar a la reproducción a través de aire.
- Sustancias que agotan la capa de ozono.
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Los titulares de centros que desarrollen actividades que estén clasificadas como grupos A y B en el Catálogo CAPCA. (Anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación, BOE n. 25 de 29/01/2011).
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Los titulares de centros que desarrollen actividades que estén clasificadas como grupo C en el Catálogo CAPCA. (Anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación, BOE n. 25 de 29/01/2011).
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Acceda a los documentos de difusión encaminados a la reducción de la contaminación atmosférica, elaborados por el Gobierno de España. (Medidas propugnadas por el PNCCA, para mejorar la calidad del aire y reducir los niveles de contaminación atmosférica).
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 716 624
Correo electrónico. inaga.area3@aragon.es
Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
Página web. Contacte con INAGA por teléfono
Página web. Atención presencial en INAGA
Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
-
Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
-
Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. Corrección de errores.
-
Orden -/2015, de 20 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen los requisitos de registro y control en las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen métodos alternativos de análisis para determinados contaminantes atmosféricos
Normativa general
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