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Subtipología INAGA 75C. Baja Registro actividades potencialmente contaminadoras atmósfera

  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
  • Contaminación del aire
  • Industria

Trámite de baja en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Presentación de solicitudes

Subtipología INAGA 75C. (Procedimiento 1299). Baja Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera

(INAGA): Tipología 75 - Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera

(Trámites): Procedimiento INAGA 75C- Baja en el registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera

Información específica del procedimiento administrativo

La información a nivel de tipología INAGA se encuentra disponible en el siguiente enlace: Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.

Denominación

Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.

Descripción

Comunicación al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del cese de una actividad, incluida en el grupo C del Catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, en una instalación determinada.

Una vez comunicado el cese, el INAGA procederá a practicar la baja correspondiente en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.

Preguntas frecuentes sobre atmósfera

Requisitos de los solicitantes

Desarrollar una actividad, incluida en el en el grupo C  del Catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, aprobado por el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (BOE número 25, de 29/01/2011), y que se haya producido el cese de la actividad en las instalaciones.

Tasas

Sin tasa.

Observaciones

La inscripción en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera pertenecientes al grupo C, equivaldrá a la notificación regulada en el artículo 13.3 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (BOE número 275, de 16/11/2007).

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo de tramitación: 3 meses.
  • Régimen intervención administrativa: inscripción en Registro.
  • Efecto del silencio: positivo.
  • Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 75

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

Memoria justificativa de que ya no se producen emisiones a la atmósfera o que ya no procede la inscripción en el Registro.

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Baja en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipologia 75C tramitados en INAGA (xlsx 29kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del Tiempo de Tramitación de Expedientes de la subtipología 75C en INAGA (xlsx 24kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 75C en INAGA (xlsx 37kb)

Última actualización: 03/08/2023

Información y recursos asociados

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