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Solicitud de ayudas para minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual - Tramitación

N°2370

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas al alquiler durante seis meses, para minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.

Estas ayudas, van dirigidas a las personas físicas arrendatarias en situación de vulnerabilidad, sobrevenida a consecuencia del COVID-19.

Se puede presentar una solicitud, en los supuestos de tener problemas transitorios para atender al pago del alquiler, y de encontrarse en una situación de no poder hacer frente a la devolución de ayudas transitorias de financiación, avaladas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Plazo de presentación

Del 19/07/2021 al 06/08/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • Contrato de arrendamiento de vivienda habitual
  • Situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia de COVID-19
  • Ser español o tener residencia legal
  • Renta igual o inferior a 600 euros mensuales, puede llegar hasta 900 euros en familias numerosas, variara el importe según la localidad
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
  • Ninguna de las personas con domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada puede:
    • Ser propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España
    • Tener parentesco en primer o segundo grado de consanguineidad o de afinidad con el arrendatario
    • Ser socia o partícipe del arrendador
  • La vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente durante todo el periodo para el que se concede la ayuda.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Copia completa contrato de arrendamiento

  • Justificante de pago de renta de alquiler

  • Justificante de pago de suministros

  • Ficha de terceros (arrendador, arrendatario o banco) y sellada por el banco

  • Certificado o volante colectivo de empadronamiento

    Certificado o volante colectivo de empadronamiento del Ayuntamiento donde radique la vivienda, constara fecha de solicitud y personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento los 6 meses anteriores.

    En el caso de los municipios de Huesca, Teruel y Zaragoza, estos datos serán obtenidos directamente por el órgano instructor.

  • Libro de familia o inscripción de pareja de hecho

  • Documento de cesión de derecho de cobro (se descarga)

  • Declaración responsable art 13 de Ley de subvenciones...... (se descarga)

    Declaración responsable de la persona solicitante titular del contrato de arrendamiento de no hallarse en ninguna de las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según el artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como del cumplimiento de la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo

  • Autorización de consulta y verificación de datos

    Autorización para consultar a la administración y obtención de documentos (se descarga)

  • Certificado de la empresa para afectados por un ERTE

  • Declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad permanente

    Declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad permanente para actividad laboral (incorporada en solicitud)

  • Declaracion responsable

    Descargar modelo Declaracion responsable
  • Declaracion de ingresos

    Descargar modelo Declaracion de ingresos
  • Autorizacion de consulta de datos

    Descargar modelo Autorizacion de consulta de datos
  • Documentacion a adjuntar a la solicitud

    Descargar modelo Documentacion a adjuntar a la solicitud
  • Cesion de derecho de cobro

    Descargar modelo Cesion de derecho de cobro
  • Representacion para el procedimiento

    Descargar modelo Representacion para el procedimiento
  • Victimas de violencia de genero , durante el estado de alarma ,acreditación

    Conforme al artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integran contra la Violencia de Genero

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Trabajador por cuenta ajena

  • Justificante de ingresos del mes anterior de los miembros de la unidad familiar

  • Certificado del centro de trabajo (Ingresos percibidos y por percibir)

  • Certificado del SEPE (Ingresos percibidos y por percibir)

Trabajador por cuenta propia

  • Certificado de la Agencia tributaria estatal o CCAA

    Certificado de la Agencia tributaria estatal o de CCAA, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.

  • Justificante de ingresos a cuenta del IRPF del mes anterior a la solicitud

  • Documento acreditativo de concesión de préstamo del ICO

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de datos catastrales

    sobre titularidad de bienes inmuebles

  • Importes de Prestación de Desempleo Percibidos en un Periodo

  • DNI o NIE de los miembros de la unidad familiar

  • Estar al corriente con las AEAT,SS y Tributos de CCAA del solicitante

  • Datos de discapacidad, tipo y grado

  • Datos de dependencia

  • Declaración del INSS de incapacidad permanente

  • Familia numerosa

  • Nota simple del registro de indices del Resistro de la Propiedad

  • Datos de la pensión

  • Vida laboral

  • Titulo de familia monoparental

Información adicional

La vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente durante todo el periodo para el que se concede la ayuda.

Plazo de concesión máximo de 6 meses, a contar desde el 1 de enero de 2021 o desde la formalización del contrato si este es posterior, hasta el 30 de junio de 202.1

Cuantía de la ayuda hasta el 100%, con un máximo de 600 euros mensuales, incrementada hasta 900 euros en los supuestos de familias numerosas, se reduce según el municipio.

Importe máximo de 5.400 euros, con el límite máximo del préstamo concedido, en el supuesto de ayudas transitorias de financiación.

Límite presupuestario de 3.430.558,05 euros.

Forma de presentación de la solicitud por vía telemática o de forma presencial.

Las solicitudes procedentes de la convocatoria de 2020 que no se hayan resuelto, o que se hayan resuelto, o que se hayan resuelto con denegación de la concesión por cierre del ejercicio presupuestario 2020, tendrán preferencia sobre las nuevas solicitudes presentadas en la convocatoria actual.

Presentación de la solicitud

Telemática

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 19/07/2021 al 06/08/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, es decir, desde 6 de agosto de 2021

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo Ver más

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