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Subvenciones para la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera con explotación económicamente deficitaria

A través de estos trámites, se puede presentar una solicitud para subvencionar el déficit generado en la prestación de los servicios públicos de transporte regular de viajeros/as por carretera, de uso general y permanente de titularidad del Gobierno de Aragón, cuando analizada la contabilidad individualizada de cada uno de ellos, su cuenta de explotación presente saldo negativo, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones de servicio público impuestas en el contrato de gestión de servicio público.

Dirigido a

  • Empresas prestadoras de los servicios públicos de transporte regular de viajeros/as por carretera, de uso general y permanente de titularidad del Gobierno de Aragón, cuando analizada la contabilidad individualizada de cada uno de ellos, su cuenta de explotación presente saldo negativo, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones de servicio público impuestas en el contrato de gestión de servicio público

Requisitos

  • Empresas prestadores del servicio público de transporte regular de viajeros/as por carretera y cuya explotación sea económicamente deficitaria que reúnan los requisitos de artículos 3,16 y 17 de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros/as por carretera con explotación económicamente deficitaria.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios/as las personas jurídicas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

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