Inscripción de modificaciones del Patronato
En plazo permanente
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las fundaciones podrán inscribir el nombramiento o cese de los miembros de su Patronato en el Registro General de Fundaciones de Aragón. Asimismo, podrán inscribir la distribución de cargos en la composición del mismo, la designación o cese del/de la secretario/a no patrono así como los cambios en representante de los/las patronos personas jurídicas.
Dirigido a
- Fundaciones
Requisitos
- Producirse la modificación en la forma prevista en los estatutos y conforme los artículos 15 y 18 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones.
Pago de tasas
Tasa 23. Tarifa 3. Por expediente de modificación de estatutos, inscripción de centros, delegaciones, secciones o filiales, modificaciones de la composición de sus órganos de gobierno y demás actos inscribibles a solicitud de los interesados
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Justificante del pago de la tasa
Justificante del pago de la tasa administrativa correspondiente (tasa 23, tarifa 3)
La tasa puede abonarse mediante pago con tarjeta y cargo en cuenta. En caso de realizar el pago a través de una entidad bancaria colaboradora u oficina de correos deberá imprimir el formulario del modelo de pago de la tasa.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Certificado del acuerdo o documento de nombramiento o cese
Certificado del acuerdo del Patronato expedido por el /la secretario/a con el visto bueno del /de la presidente/a donde conste la designación o cese del/la Patrono o documento de nombramiento o cese.
Debe incluirse el domicilio en el caso de nuevos/as Patronos
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2. Acreditación del cumplimiento de requisitos
En su caso, documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos estatutarios.
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3. Aceptación formal o renuncia al cargo
La aceptación o renuncia formal al cargo se acreditará mediante cualquiera de las siguientes fórmulas: Documento público; Documento privado con firma legitimada ante notario; Certificación con firma legitimada por notario en el caso de aceptación o renuncia realizada ante el Patronato. Asimismo, podrá producirse la aceptación o renuncia formal mediante comparecencia ante el Registro de Fundaciones (podrá indicarse esta opción en el espacio habilitado en esta tramitación electrónica).
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1. Certificado del acuerdo del Patronato
Certificado del acuerdo del Patronato de distribución de cargos con firma del/de la secretario/a y visto bueno del presidente/a con firma electrónica. En caso de que por disposición estatutaria la distribución de cargos la realice otro órgano, se acompañará el documento justificativo correspondiente.
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1. Certificado del acuerdo de Patronato o documento de nombramiento o cese
Certificado del acuerdo o documento de nombramiento o cese donde conste la designación del secretario/a no patrono. Debe incluir el domicilio.
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2. Aceptación del nombramiento
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3. Acreditación cumplimiento requisitos
En su caso, documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos estatutarios.
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1. Certificado del acuerdo
Certificado del acuerdo o documento de nombramiento o cese donde conste la designación de la persona representante del patrono, emitido por el órgano competente del patrono persona jurídica. Debe incluir el domicilio
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2. Aceptación nombramiento
Aceptación del nombramiento como representante
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3. Acreditación cumplimiento requisitos
En su caso, documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos de nombramiento.
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1. Documento de representación
Cumplimentar y adjuntar en el supuesto de que se presente la documentación en nombre de otra persona.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 390
Correo electrónico. serviregistros@aragon.es
Correo electrónico. Correo corporativos de Fundaciones: serviregistros@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
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Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones
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Orden de 16 de abril de 1996 del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
Normativa general
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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