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Acceder a MiAFundaciones en Aragón
Información sobre las fundaciones en Aragón. Se ofrece acceso a los principales trámites sobre fundaciones y su régimen jurídico, así como información sobre sus obligaciones contables.
Última actualización: 03/07/2026
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Información general sobre fundaciones en Aragón
Se consideran fundaciones aquellas organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general de diversa índole y cuya finalidad principal consiste en beneficiar a colectividades genéricas de personas.
Consulta a la base de datos de fundaciones en Aragón
Todos los detalles que definen la constitución de fundaciones se recogen en el documento Información general sobre fundaciones (PDF, 853 KB)
Trámites y procedimientos relativos a fundaciones en Aragón
Se facilita en esta página el acceso a los principales trámites sobre las fundaciones en Aragón, tanto con el Protectorado, como con el Registro.
Trámites Registro. (Estos procedimientos están sujetos al pago previo de tasa administrativa. Pinche aquí para acceder al sistema de pago de tasas mediante autoliquidación)
Información de contacto sobre fundaciones en Aragón
Teléfono: 976 714 798
Correo electrónico: serviregistros@aragon.es
Régimen jurídico de las fundaciones en Aragón
Se detalla a continuación la normativa, tanto estatal como autonómica, que se aplica a las fundaciones en Aragón:
Constitución Española (artículo 34)
Estatuto de autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril (PDF, 164 KB) (artículo 71, 40ª)
Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad
En los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2012, se aplica:
En los ejercicios iniciados antes del 31 de diciembre de 2011, se aplica:
Presentación Libros electrónicos a partir de 2023
Planes de actuación
: El patronato aprobará y remitirá al Protectorado en los últimos 3 meses de cada ejercicio el Plan de Actuación del ejercicio siguiente. Irá acompañado de:
Certificación, expedida por el secretario con el visto bueno del presidente, del acuerdo aprobatorio del patronato, en el que conste la relación de los patronos asistentes a la sesión
El Plan General de Contabilidad para entidades sin fines lucrativos de 2011 aprueba un modelo de plan de actuación de aplicación obligatoria para todos los ejercicios económicos iniciados a partir del 1 de enero de 2012.
Cuentas anuales y obligaciones contables de las fundaciones
Toda la información se detalla en la página Cuentas anuales y obligaciones contables de las fundaciones
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