Fundaciones en Aragón
- Asociaciones, fundaciones y colegios profesionales
- Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
Información sobre las fundaciones en Aragón. Se ofrece acceso a los principales trámites sobre fundaciones y su régimen jurídico, así como información sobre sus obligaciones contables.
![Manos extendidas con las palmas hacia arriba, en las cuales se ha pintado un mapa del mundo. Sobre ellas, se ve el dibujo de una paloma blanca.](/documents/20127/91703452/shutterstock_1174396639.jpg/adb06042-80fa-b27a-1e1c-a8a490c3bfd7?t=1672828835028)
Información general sobre fundaciones en Aragón
Se consideran fundaciones aquellas organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general de diversa índole y cuya finalidad principal consiste en beneficiar a colectividades genéricas de personas.
Consulta a la base de datos de fundaciones en Aragón
Todos los detalles que definen la constitución de fundaciones se recogen en el documento Información general sobre fundaciones (PDF, 553 KB)
Trámites y procedimientos relativos a fundaciones en Aragón
A continuación, se facilita el acceso a los principales trámites sobre las fundaciones en Aragón, tanto con el Protectorado, como con el Registro:
Trámites Registro. (Estos procedimientos están sujetos al pago previo de tasa administrativa. Pinche aquí para acceder al sistema de pago de tasas mediante autoliquidación)
- Acceso al procedimiento de certificado de denominación de fundaciones (ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de inscripción de fundaciones en el Registro(ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de inscripción de modificación de composición del patronato de la fundación (ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de inscripción de otros actos registrales de fundaciones (ver apartado "Que documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de solicitud de certificados y copias de fundaciones (ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de legalización de libros de fundaciones (ver apartado "Qué documentación necesito")
Trámites Protectorado
- Acceso al procedimiento de informe y actuaciones previas de fundaciones (ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de autorización del Protectorado de fundaciones para determinadas actuaciones (ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de comunicación preceptiva de la modificación de estatutos de fundaciones (ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de comunicación preceptiva al Protectorado de fundaciones de determinados actos (ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de ratificación del acuerdo de extinción de la fundación (ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de presentación y depósito de Cuentas Anuales de fundaciones (ver apartado "Qué documentación necesito")
- Acceso al procedimiento de presentación y depósito del Plan de Actuación de fundaciones (ver apartado "Qué documentación necesito")
Información de contacto sobre fundaciones en Aragón
Teléfono: 976 714 798
Correo electrónico: serviregistros@aragon.es
Régimen jurídico de las fundaciones en Aragón
Se detalla a continuación la normativa, tanto estatal como autonómica, que se aplica a las fundaciones en Aragón:
-
Constitución Española (artículo 34)
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Estatuto de autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril (PDF, 164 KB) (artículo 71, 40ª)
-
Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad
En los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2012, se aplica:
En los ejercicios iniciados antes del 31 de diciembre de 2011, se aplica:
Presentación Libros electrónicos a partir de 2023
PLANES DE ACTUACIÓN: El patronato aprobará y remitirá al Protectorado en los últimos 3 meses de cada ejercicio el Plan de Actuación del ejercicio siguiente. Irá acompañado de:
-
Certificación, expedida por el secretario con el visto bueno del presidente, del acuerdo aprobatorio del patronato, en el que conste la relación de los patronos asistentes a la sesión
El Plan General de Contabilidad para entidades sin fines lucrativos de 2011 aprueba un modelo de plan de actuación de aplicación obligatoria para todos los ejercicios económicos iniciados a partir del 1 de enero de 2012.
Cuentas anuales y obligaciones contables de las fundaciones
Toda la información se detalla en la página Cuentas anuales y obligaciones contables de las fundaciones
Última actualización: 27/06/2024
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