Gestión del Registro y Protectorado de Fundaciones - Certificado negativo de denominación
N°2404
A través de este trámite, se podrá realizar la solicitud de que el nombre elegido para una fundación no se encuentre previamente inscrito en algún Registro por otra fundación existente (de hasta 3 denominaciones diferentes).
Dirigido a
- Fundaciones
Requisitos
- Que se persigan fines de interes general
- Que se detallen las actividades a realizar en cumplimiento de sus fines
- Que se detalle el ámbito (local, autonómico, nacional)
Pago de tasas
Tasa 23. Tarifa 4. Por obtención de informaciones, certificaciones y compulsa de documentos
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Tasa administrativa
Justificante del pago de la tasa correspondiente
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
El formulario con el modelo de solicitud solo es necesario si la solicitud es presencial
Modelo de solicitud
En este modelo de solicitud se indicarán: los datos del solicitante, los datos de notificación, los datos y documentos relativos a la solicitud, los fines de la fundación, las actividades y ámbito territorial de la fundación y la cláusula de protección de datos personales. La solicitud deberá estar siempre firmada por el solicitante
Descargar modelo Modelo de solicitud
El modelo de representación será necesario si se delega en un representante la actuación del procedimiento
Modelo de representación
El modelo de representación será necesario si se delega en un representante la actuación del procedimiento
Descargar modelo Modelo de representación
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
No se podrá solicitar si ya se ha solicitado en otro Registro estatal o autonómico
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Correo corporativos de Fundaciones: serviregistros@aragon.es
- Teléfono. 976 714 798
- Correo electrónico. serviregistros@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones.
Orden de 16 de abril de 1996 del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma.
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones
Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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