Volver a Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados - Autoliquidación del impuesto, en general

N°1936

A través de este trámite, las personas obligadas podrán realizar la autoliquidación, en general, de todos los hechos imponibles del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Transmisiones de bienes y derechos, en general
    • El adquirente
  • Constitución de derechos reales
    • Persona a favor de quien se realice la constitución
  • Constitución de fianzas
    • Acreedor afianzado
  • Arrendamientos
    • El arrendatario
  • Actos jurídicos documentados
    • El adquirente del bien o derecho
    • En ocasiones las personas que insten o soliciten los documentos o en cuyo interés se expidan
  • Operaciones societarias
    • la sociedad
    • Los socios en la disolución y liquidación

Requisitos

  • Plazo para presentar las autoliquidaciones
    • Un mes desde el día siguiente a la realización del acto o contrato
      • Ejemplo: se realiza el hecho imponible el 28 de marzo. Último día de presentación el 28 de abril siempre que no coincida con sábado, domingo o festivo
    • Cuando el último día del plazo coincide con sábado, domingo o festivo se podrá presentar hasta el primer día hábil siguiente
    • El plazo se cuenta de fecha a fecha. Si en el mes que vence el plazo no hay día equivalente al del inicio del cómputo se entiende que el plazo termina el último día del mes
      • Ejemplo: hecho imponible el 31 de marzo. Ultimo día de plazo sería el 30 de abril siempre que no coincida con sábado, domingo o festivo
  • Telemáticamente - Plataforma YAFAR: Confección, presentación y pago de autoliquidaciones
    • Profesionales (obligatoria)
    • Particulares
      • Cl@ve PIN
      • Cl@ve permanente
      • DNIe o certificado electrónico
  • Presencialmente - PATRAPA WEB: Confección de autoliquidaciones
    • Sólo para particulares que NO tengan Cl@ve PIN, Cl@ve permanente, DNIe o certificado electrónico
    • Pago en entidades financieras colaboradoras
    • Presentación en las oficinas tributarias
  • La Administración Tributaria de Aragón recuerda que para aquellos contribuyentes que no dispongan de los medios telemáticos, podrán solicitar la prestación de nuestro servicio de ayuda para la confección, presentación y pago de las autoliquidaciones del impuesto
    • Teléfono de información general: 976 715 209
    • Contactar con la oficina liquidadora que corresponda al hecho imponible
    • Ver condiciones del servicio en la ORDEN HAP/11/2021, de 12 de enero
  • Cuándo hay que autoliquidar el impuesto en nuestra Comunidad Autónoma
    • Bienes inmuebles: cualquier hecho imponible relacionado con inmuebles situados en Aragón (compraventas, arrendamientos, cancelaciones de hipotecas...)
    • Bienes muebles (vehículos, obras de arte...): si el adquirente del bien reside en Aragón
    • Operaciones societarias: si la sociedad tiene su domicilio social / fiscal en Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Escritura original y copia simple o Documento privado

    Aportar el documento que proceda siempre que contenga la realización del hecho imponible que se va a autoliquidar.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Presentación presencial

  • Autoliquidación del impuesto

    Si tienes que pagar por la realización del hecho imponible, antes debes acudir a alguna de las entidades financieras que colaboran con el Gobierno de Aragón (ver la información en el apartado de documentos y enlaces de interés)

Información adicional

¿Cuál es la oficina tributaria competente?

  • Bienes inmuebles: Localidad o municipio donde está situado el inmueble
  • Bienes muebles: Localidad o municipio donde el sujeto pasivo tiene su residencia habitual, si es persona física, o el domicilio fiscal si es persona jurídica
  • Operaciones societarias. Localidad o municipio donde la sociedad tiene su domicilio social/fiscal

Toda la información la podrás encontrar en el enlace de "Oficinas liquidadoras"

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

Presencial

1. Localizar la oficina tributaria (información adicional)

2. Solicitar cita previa

3. Presentar la autoliquidación del impuesto y toda la documentación

Contacto y ayuda

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

¿Te ha resultado útil esta página?

Ayúdanos a mejorar la página de trámites del Gobierno de Aragón

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web