Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
A través de este trámite, las personas obligadas podrán autoliquidar distintos hechos imponibles que conforman el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Dirigido a
- El sujeto pasivo y/o su representante legal
Requisitos
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Plazo para presentar las autoliquidaciones
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Un mes desde el día siguiente a la realización del acto o contrato
- Ejemplo: se realiza el hecho imponible el 28 de marzo. Último día de presentación el 28 de abril siempre que no coincida con sábado, domingo o festivo
- Cuando el último día del plazo coincide con sábado, domingo o festivo se podrá presentar hasta el primer día hábil siguiente
-
El plazo se cuenta de fecha a fecha. Si en el mes que vence el plazo no hay día equivalente al del inicio del cómputo se entiende que el plazo termina el último día del mes
- Ejemplo: hecho imponible el 31 de marzo. Ultimo día de plazo sería el 30 de abril siempre que no coincida con sábado, domingo o festivo
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Un mes desde el día siguiente a la realización del acto o contrato
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Telemáticamente - Plataforma YAFAR: Confección, presentación y pago de autoliquidaciones
- Profesionales (obligatoria)
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Particulares
- Cl@ve PIN
- Cl@ve permanente
- DNIe o certificado electrónico
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Presencialmente - PATRAPA WEB: Confección de autoliquidaciones
- Sólo para particulares que NO tengan Cl@ve PIN, Cl@ve permanente, DNIe o certificado electrónico
- Pago en entidades financieras colaboradoras
- Presentación en las oficinas tributarias
-
La Administración Tributaria de Aragón recuerda que para aquellos contribuyentes que no dispongan de los medios telemáticos, podrán solicitar la prestación de nuestro servicio de ayuda para la confección, presentación y pago de las autoliquidaciones del impuesto
- Teléfono de información general: 976 715 209
- Contactar con la oficina liquidadora que corresponda al hecho imponible
- Ver condiciones del servicio en la ORDEN HAP/11/2021, de 12 de enero
Trámites relacionados
Autoliquidación del impuesto, en general
A través de este trámite, las personas obligadas podrán realizar la autoliquidación, en general, de todos los hechos imponibles del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
En plazo permanente
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza 976 715 209
- Correo electrónico. tributos@aragon.es
- Presencial. Zaragoza c/ Joaquín Costa, 18 (cita previa)
- Página web. Cita previa: Atención de lunes a viernes de 9:00h a 14:00h
- Página web. Información general del impuesto
- Teléfono. Huesca 974 293 166
- Presencial. Huesca c/ Ricardo del Arco, 6 (cita previa)
- Teléfono. Teruel 978 641 049
- Presencial. Teruel c/ San Vicente de Paul, 1 (cita previa)
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
Normativa
Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos
Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Orden HAP11/2021, de 12 de enero, por la que se establecen medidas relativas a la asistencia al contribuyente en modo no presencial a través del servicio de ayuda de autoliquidaciones prestado por la Administración Tributaria
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