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Valoraciones inmobiliarias en Aragón
- Dirección General de Tributos
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- Impuestos y tasas
El Servicio de Valoraciones Inmobiliarias ofrece al ciudadano información sobre los valores de los bienes inmuebles ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón que van a ser objeto de transmisión por compraventa, herencia o donación.
Concepto de bienes inmuebles urbanos
- Los que ya tengan servicios urbanísticos o puedan llegar a contar con ellos sin otras obras que las de conexión con las instalaciones ya existentes.
- Los que se incluyan en áreas consolidadas por la edificación.
- Los terrenos que, en ejecución del planeamiento, hayan sido urbanizados.
- Los que se prevea su posible transformación de conformidad con el modelo de evolución urbana y ocupación del territorio.
La Administración Tributaria, a través de los distintos métodos de valoración actualmente utilizados, informa de los valores mínimos a efectos de tributación.
Concepto de bienes inmuebles rústicos
- Todos los suelos que estén clasificados en el planeamiento vigente de cada municipio como suelos no urbanizables
- Los que no se prevea su transformación urbanística por la legislación o por los valores que en ellos concurran ya sean ecológicos, agrícolas, ganaderos, forestales o paisajísticos
- Cualquier otro ubicado en suelo no urbanizado (huertos recreativos, parcelas con edificaciones u otros usos de características urbanas…)
Última actualización: 27/02/2024
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