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Subtipología INAGA 49B. Autorización para el cambio de uso forestal y apertura o ensanche de pistas en terrenos forestales

  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
  • Montes públicos y vías pecuarias
  • Protección del medio, fauna y flora

Trámite de autorización para el cambio de uso forestal (distinto de la roturación), y la apertura de vías de saca y acceso en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Presentación de solicitudes

Subtipología INAGA 49B. (Procedimiento 374). Autorización para el cambio de uso forestal y apertura o ensanche de pistas en terrenos forestales

(INAGA). Tipología 49 - Cambio de uso forestal y modificación sustancial cubierta vegetal

(Trámites)Procedimiento INAGA 49B - Autorización para el cambio de uso forestal y apertura o ensanche de pistas en terrenos forestales

Información específica del procedimiento administrativo

La información a nivel de tipología INAGA se encuentra disponible en el siguiente enlace: Autorización para el cambio de uso forestal y modificación sustancial de la cubierta vegetal.

Denominación

Autorización para el cambio de uso forestal, modificación sustancial de la cubierta vegetal en terrenos forestales y apertura de vías de saca y acceso. 

Descripción

El objeto de este procedimiento es la obtención de autorización para el cambio de uso forestal (distinto de la roturación) de un terreno y la apertura de vías de saca y acceso.

Autorización para el cambio de uso forestal

Para el cambio de uso forestal a otros usos (urbano, agrícola, minero...) se precisa autorización de la Administración competente por razón de materia y territorio. En la tramitación de estos procedimientos, ha de incluirse el informe a que se refieren los artículos 30 y 31 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón (BOA número 124, de 30/06/2017).

Para supuestos distintos de la roturación y siempre que se trate de terrenos de propiedad privada o terrenos patrimoniales, ha de emitirse informe por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (Artículo 30, del Decreto Legislativo 1/2017).

El plazo máximo de emisión del informe medioambiental es de tres meses y su emisión está sujeta al pago de una tasa por tramitación.

Se deberán efectuar adicionalmente, los trámites preceptivos en aquellas actuaciones de cambio de uso forestal, que impliquen afección a zonas ambientalmente sensibles (Espacios Naturales Protegidos, Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) o Zonas de Especial Protección Para las Aves (ZEPA) (espacios ambos de la Red Natura 2000), Reservas de la Biosfera, Humedales Ramsar y Montes de Utilidad Pública). Se trata de supuestos recogidos por la legislación de protección ambiental, por lo que deben someterse a los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental. El informe, al que se refieren los artículos mencionados anteriormente, está incluido en el procedimiento ambiental.

Autorización para la apertura o el ensanche de vías de saca o acceso

Estas actuaciones suponen una modificación de la cubierta vegetal sin cambio de uso forestal.

Tratándose de terrenos privados o patrimoniales, se requiere autorización del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, para la apertura o ensanche de vías de saca o acceso en terrenos forestales, salvo, en los casos fijados en la Disposición transitoria quinta, apartado primero, epígrafes a) y b) del Decreto 1/2017, en los que procede la presentación de una comunicación previa al Instituto. 

En el caso de la autorización, el plazo máximo de emisión del informe medioambiental es de tres meses y su emisión está sujeta al pago de una tasa por tramitación.

Requisitos de los solicitantes

Ser titular de la parcela o parcelas afectadas o contar con la autorización expresa del propietario o propietarios de los terrenos.

Tasas

Tasa 17 por servicios facultativos y administrativos en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias

Tarifa 19. Autorización de cambio de uso forestal e informe de roturación de montes.

La cuota se determinará mediante la aplicación de la siguiente escala de gravamen:

Escala de gravamen para la autorización de cambio de uso forestal

Tramos a considerar para el cálculo de la tasa

Superficie Cuota euros

Hasta 0,25 hectáreas 

94,00 euros

De más de 0,25 hectáreas hasta 0,5 hectáreas

164,00 euros

De más de 0,5 hectáreas hasta 1,5 hectáreas

234,00 euros

De más de 1,5 hectáreas hasta 5 hectáreas 

391,00 euros

De más de 5 hectáreas

547,00 euros

Tarifa 22. Por la autorización de apertura o ampliación de pistas en terrenos forestales,

La cuota será única por 226,00 euros.

Observaciones

En la tramitación de la autorización para la puesta en cultivo de terrenos de uso forestal (roturación), competencia de  los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, ya no participa directamente el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental en la emisión del informe medioambiental al que se refiere el artículo 7 de la Orden de 25 de mayo de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se determina el procedimiento sobre las solicitudes de puesta en cultivo de terrenos de uso forestal (BOA número 72, de 18/06/2007), si bien -por el momento- el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental gestiona el cobro de la tasa por dicho concepto.

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo: 3 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: negativo.
  • Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 49.

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

  • Anexo I. Datos de las superficies objeto de cambio de uso forestal

  • Copia del DNI (o Escrituras de Constitución de la Sociedad y Poder de Representación)

  • Acreditación de la propiedad de las fincas, en su caso

  • Documento de autorización del titular del terreno cuando es distinto del solicitante

  • Plan o Proyecto que justifica el cambio de uso forestal

  • Fichero normalizado con cartografía digital:

    • Plano de situación a escala 1:50.000 ó 1:25.000 o plano catastral de las parcelas afectadas

    • Plano de detalle de la zona de cambio de uso forestal (formato digital georreferenciado coordenadas UTM ETRS89)

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta, en relación a la tramitación de expedientes de Autorización para el cambio de uso forestal y apertura o ensanche de pistas en terrenos forestales, en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 49B tramitados en INAGA (xlsx 30kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del Tiempo de Tramitación de Expedientes de la subtipología 49B en INAGA (xlsx 25kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 49B en INAGA (xlsx 42kb)

A través del visor INAGAGEO puede consultar la cartografía oficial y actualizada de montes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Última actualización: 17/01/2024

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