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Tipología INAGA 01. Evaluación de impacto ambiental de proyectos

  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
  • Explotaciones e industrias ganaderas
  • Actividades industriales y energía
  • Medio ambiente

Trámites de evaluación de impacto ambiental de proyectos (ordinaria y simplificada), consultas previas, evaluación ambiental de actividades clasificadas sin licencia, y modificación o prórroga de la declaración de impacto ambiental en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Subtipologías

Información específica

La evaluación de impacto ambiental de proyectos viene regulada en los artículos 23 a 37 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón (BOA número 241, de 10/12/2014), que se corresponde con el Capítulo II del Título II. En dicho capitulo se tratan la evaluación de impacto ambiental ordinaria y la simplificada, y se incluye la regulación del trámite de consultas, que tienen carácter potestativo.

La evaluación de impacto ambiental de proyectos es el procedimiento administrativo instrumental que incluye un conjunto de estudios e informes técnicos que permiten estimar los efectos sobre el medio ambiente de la ejecución de proyectos, instalaciones y actividades.

El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) es el órgano ambiental especializado encargado de la tramitación de estos procedimientos en la Comunidad Autónoma de Aragón. En concreto las áreas tramitadoras son:

  • Área II. Biodiversidad 

  • Área III. Medio ambiente industrial

  • Secretaría General (sector energético)

Los procedimientos de evaluación de impacto ambiental constituyen un trámite previo a la solicitud de los permisos para ejercer determinadas actividades.

Dichos procedimientos pueden tramitarse de forma ordinaria o simplificada.

No se aplicará la evaluación de impacto ambiental a:

  • Los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración General del Estado que se regirán por lo dispuesto en la legislación básica estatal en materia de evaluación de impacto ambiental.

  • Las actividades clasificadas que no dispongan de la correspondiente licencia ambiental y que estén sometidas a evaluación de impacto ambiental. (Se tramitarán según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley 11/2014. Procedimiento de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2015).

Guías INAGA de referencia

Preguntas frecuentes sobre evaluación ambiental

Sistema de gestión de Consultas INAGA

​​​Solicitud de alta en el Sistema de Consultas de INAGA (Consultas preceptivas)

Normativa reguladora

Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (BOE número 296, de 11/12/2013)

Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (BOE número 294, de 06/12/2018)

Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón (BOA número 241, de 10/12/2014)

Acceso a la relación completa de normativa que afecta a estos trámites INASEI. Tramitación Electrónica de Solicitudes INAGA

Acceso a datos

Cartografía

Estadísticas de tramitación

Última actualización: 17/03/2023

Información y recursos asociados

Enlaces de interés

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