Gestión del Registro general de asociaciones - Solicitud declaración de utilidad pública
N°1811
A través de este trámite, las asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones, inscritas en el Registro de Asociaciones de Aragón podrán solicitar la obtención de declaración de utilidad pública.
Dirigido a
- Asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones de la C. A. de Aragón
Requisitos
- Que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general
- Que su actividad no esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados
- Que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas
- Que cuenten con los medios personales y materiales adecuados y con la organización idónea para garantizar el cumplimiento de sus fines estatutarios.
- Que se encuentren constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones, en funcionamiento y dando cumplimiento efectivo a sus fines y cumpliendo todos los requisitos, al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Memoria de actividades
Descargar modelo Memoria de actividadesCuentas anuales
Las cuentas anuales comprenden el certificado de aprobación de las cuentas, el balance, la cuenta de resultados, la memoria económica, el estado de flujos de efectivo, auditoría de cuentas. (modelos según corresponda).
Ver también información adicional.
Información adicional
El Registro General de Asociaciones de la C. A. de Aragón tramitará e instruirá el procedimiento, remitiendo el expediente completo a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior con informe-propuesta, a la vista del cual, esta Secretaría formulará su propuesta de resolución al Ministro del Interior, cuya resolución, en forma de Orden Ministerial, se notificará a la asociación solicitante y se publicará, si fuera favorable, en el Boletín Oficial del Estado.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. asociacionzaragoza@aragon.es
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a Asociaciones de Utilidad Pública
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación
Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, Por el que se regula el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones
Decreto 260/2012, de 4 de diciembre, por el que se regula el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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