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Impuestos
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en Aragón
Información sobre los las tres modalidades del impuesto y los trámites más habituales.
Última actualización: 19/11/2025
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Aplicaciones informáticas: Programas de ayuda y toda la información para la confección, pago y presentación de las autoliquidaciones.
Trámites habituales
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Comprar un inmueble en Aragón
Toda la información necesaria y actualizada sobre impuestos y beneficios fiscales cuando compras un inmueble en Aragón.
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¿Cómo y cuándo tengo que declarar un préstamo recibido?
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Qué hacer cuando compro un vehículo usado
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Preguntas frecuentes
Contestación a las preguntas más habituales del impuesto.
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Normativa del impuesto
Autonómica y estatal
El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados es un impuesto estatal y su gestión y recaudación están cedidas a nuestra Comunidad Autónoma. Las tres modalidades del impuesto son las siguientes (entra en cada enlace para informarte sobre tipos impositivos, beneficios fiscales...):
Transmisiones patrimoniales onerosas (TPO).
Actos jurídicos documentados (AJD).
Operaciones societarias (OS).
Qué necesito saber para tramitar y gestionar el impuesto
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Existe un régimen de incompatibilidades entre las distintas modalidades que hace que un mismo acto no pueda tributar al mismo tiempo por TPO, AJD (cuota variable) y OS.
COMPATIBILIDAD de las TRES modalidades del impuesto entre si y de cada una con el IVA
| Compatibilidad | Transmisiones | AJD cuota variable | AJD cuota fija | Operaciones societarias | IVA |
|---|---|---|---|---|---|
| Transmisiones | sin datos | NO | SI | NO | NO |
| AJD cuota variable | NO | sin datos | SI | NO | SI |
| AJD cuota fija | SI | SI | sin datos | SI | SI |
| Operaciones societarias | NO | NO | SI | sin datos | SI |
Para conocer si operación inmobiliaria tributa por TPO o IVA puedes informarte en el siguiente enlace de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria: CALIFICADOR DE OPERACIONES INMOBILIARIAS
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Aplicaciones informáticas: En este enlace encontrarás todos los programas de ayuda y toda la información para la confección de las autoliquidaciones.
El servicio de presentación telemática de tributos está destinado:
- Profesionales (obligatorio)
- Particulares con:
- DNIe/Certificado electrónico
- Cl@ve nivel avanzado
Recuerda que otra persona que tenga identificación digital puede hacer el trámite en tu nombre.
Si todavía no tienes identificación digital aquí puedes registrarte y conseguirla: Cl@ve nivel avanzado
PATRAPA WEB: Si no puedes obtener identificación digital ni otra persona puede hacer el trámite en tu nombre, tendrás que utilizar este programa para confeccionar tu autoliquidación y hacer toda la tramitación de forma presencial.
- Solo para particulares sin firma digital.
- Pagar en entidad colaboradora y presentación presencial en la oficina tributaria que corresponda y recuerda solicitar cita previa eligiendo la opción de: presentar expedientes en tributos.
La Administración Tributaria de Aragón recuerda que para aquellos contribuyentes que no dispongan de los medios para efectuar la presentación y el pago del impuesto por vía telemática, podrán solicitar voluntariamente la prestación de nuestro servicio de confección, presentación y pago de autoliquidaciones del impuesto llamando al teléfono de información general 976 715 209. ORDEN HAP/11/2021, de 12 de enero, por la que se establecen medidas relativas a la asistencia al contribuyente en modo no presencial a través del servicio de ayuda de autoliquidaciones prestado por la Administración Tributaria (Boletín Oficial de Aragón número 18, de 28 de enero de 2021).
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En general y siempre que te apliques un beneficio fiscal deberás aportar la documentación que justifique que cumples los requisitos exigidos para su aplicación.
En particular:
Operaciones inmobiliarias:
- Primera copia y copia simple de la escritura notarial o, en su caso, original y fotocopia del documento privado o judicial que contenga el hecho imponible sujeto a este impuesto.
- Si una familia numerosa compra su vivienda habitual, junto con la escritura de compraventa se presentará fotocopia del libro de familia y última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Los empresarios dedicados a la compraventa de bienes muebles y objetos fabricados con metales preciosos:
- Presentarán una única autoliquidación por la totalidad de las operaciones realizadas en cada mes natural adjuntando la documentación complementaria y, en su caso, la relación de las citadas operaciones.
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Plazo general: Un mes contado desde del día siguiente al de la fecha de devengo del impuesto (cuando se realiza el hecho imponible).
Plazo excepcional: En las adquisiciones por el nudo propietario de usufructos pendientes del fallecimiento del usufructuario en que el dominio haya sido objeto de desmembración a título oneroso, el plazo de presentación será de seis meses contados desde el día siguiente al del fallecimiento.
Devengo y plazo de presentación del impuesto (PDF, 183KB)
Recuerda:
- El plazo cuenta de fecha a fecha, y cuando en el mes del vencimiento no exista día equivalente se entenderá que el plazo finalizará el último día del mes (Realizo el hecho imponible el 31 de marzo y tengo de plazo para pagar hasta el 30 de abril).
- Si el fin de plazo coincide con sábado, domingo o festivo podrás presentarlo el primer día hábil siguiente.
Ejemplo: fecha la escritura 6 de noviembre de 2025, entonces el último día para presentar la autoliquidación será el 6 de diciembre de 2025, pero como coincide sábado y festivo, el último día para presentar sería el lunes 8 de diciembre de 2025, pero como en Aragón también es festivo entonces el último día para realizar todos los trámites será el martes 9 de diciembre de 2025.
Recargos por presentación fuera de plazo SIN requerimiento de la Administración Tributaria (PDF, 178KB)
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Entidades financieras colaboradoras
Oficinas tributarias en Aragón
- Bienes inmuebles: Localidad o municipio dónde está situado el bien inmueble
- Bienes muebles: Localidad o municipio donde el comprador tiene su residencia habitual (mayor número de días en el último año), si es persona física, o su domicilio fiscal si es persona jurídica.
- Operaciones societarias: Localidad o municipio dónde la sociedad tiene su domicilio fiscal.
Recuerda solicitar cita previa para acceder a nuestras oficinas si vas a presentar documentación en el Registro o presentar algún expediente o documento relacionado con el mismo.
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