Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en Aragón
- Dirección General de Tributos
- Transmisión patrimonial
- Actos jurídicos
- Impuestos
- Impuestos, pagos y tasas
Información sobre las tres modalidades del impuesto. Hecho imponible, gestión del impuesto y enlaces de interés
Recuerda solicitar cita previa para realizar cualquier trámite presencial en nuestras oficinas
Beneficios fiscales: Nuevo régimen especial de "fiscalidad diferenciada" LEY 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón (BOA 17/04/2023). Guía de información y consulta (PDF, 500 KB). Consulta cuáles son los asentamientos que pueden beneficiarse de este nuevo régimen fiscal (excel, 100 KB).
Compatibilidad entre los distintos impuestos
Compatibilidad |
IVA |
AJD cuota fija |
AJD cuota variable |
Operaciones societarias |
Transmisiones |
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Transmisiones |
No |
Si |
No |
No |
(sin datos) |
AJD cuota fija |
Si |
(sin datos) |
Si |
Si |
Si |
AJD cuota variable |
Si |
Si |
(sin datos) |
No |
No |
Operaciones societarias |
Si |
Si |
No |
(sin datos) |
No |
Trámites habituales
Pagar y presentar la autoliquidación
La Administración Tributaria de Aragón recuerda que para aquellos contribuyentes que no dispongan de los medios para efectuar la presentación y el pago del impuesto por vía telemática, podrán solicitar voluntariamente la prestación de nuestro servicio de confección, presentación y pago de autoliquidaciones del impuesto llamando al teléfono de información general 976 715 209. ORDEN HAP/11/2021, de 12 de enero, por la que se establecen medidas relativas a la asistencia al contribuyente en modo no presencial a través del servicio de ayuda de autoliquidaciones prestado por la Administración Tributaria (Boletín Oficial de Aragón núm 18 de 28 de enero de 2021) - (PDF, 200KB)
Plazo
Un mes contado desde del día siguiente al de la fecha de devengo del impuesto (cuando se realiza el hecho imponible)
- Recuerda:
- El plazo se computará de fecha a fecha, y cuando en el mes del vencimiento no exista día equivalente se entenderá que el plazo finalizará el último día del mes (Realizo el hecho imponible el 31 de marzo y tengo de plazo para pagar hasta el 30 de abril).
- si el fin de plazo coincide con sábado, domingo o festivo podrás presentarlo el primer día hábil siguiente.
-
Devengo y plazo de presentación del impuesto (PDF, 183KB)
-
Recargos por presentación fuera de plazo SIN requerimiento de la Administración Tributaria (PDF, 178KB)
¿Dónde y cómo puedo pagar?
En las entidades financieras colaboradoras de la Administración Tributaria de Aragón.
¿Dónde presento la documentación?
En la oficina de gestión tributaria que corresponda:
- Bienes inmuebles: Localidad o municipio dónde está situado el bien inmueble
- Bienes muebles: Localidad o municipio donde el comprador tiene su residencia habitual (mayor número de días en el último año), si es persona física, o su domicilio fiscal si es persona jurídica.
- Operaciones societarias: Localidad o municipio dónde la sociedad tiene su domicilio fiscal.
Documentación
Tienes que presentar junto con las autoliquidaciones:
- Operaciones inmobiliarias:
- Primera copia y copia simple de la escritura notarial o, en su caso, original y fotocopia del documento privado o judicial que contenga el hecho imponible sujeto a este impuesto.
- Si una familia numerosa compra su vivienda habitual, junto con la escritura de compraventa se presentará fotocopia del libro de familia y última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
- Los empresarios dedicados a la compraventa de bienes muebles y objetos fabricados con metales preciosos:
- Presentarán una única autoliquidación por la totalidad de las operaciones realizadas en cada mes natural adjuntando la documentación complementaria y, en su caso, la relación de las citadas operaciones.
Enlaces de interés para la gestión
Última actualización: 31/05/2023
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