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Presentación telemática de Tributos
Dudas más habituales sobre nuestras aplicaciones informáticas de confección, pago y presentación de los impuestos gestionados por la Administración Tributaria de Aragón
Última actualización: 12/12/2025
Cuestiones generales
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Se denomina "contrato" al registro que un usuario hace para poder utilizar las aplicaciones de presentación telemática.
Es un términos que se remonta al pasado cuando para poder registrarse en el sistema había que firmar un contrato con la Administración.
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Usuario administrador es el usuario del "contrato" que tiene premisos de administración del mismo, como dar de alta usuarios nuevos dentro del contrato, modificar el domicilio y correo electrónico de contacto.
El usuario administrador se crea automáticamente y varía en función de quién haya hecho el registro inicial en el sistema:
- Si lo ha hecho una persona física entonces esa persona será el usuario administrador.
- Si lo ha hecho una persona jurídica entonces el usuario administrador será el representante que consta en el certificado electrónico. Cada vez que accedan con ese certificado de representación tendrán permisos para modificar las características del contrato (domicilio de la empresa, correo electrónico, nuevos usuarios).
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Desde octubre de 2025 el usuario administrador del contrato YAFAR puede modificar los datos del representante, así como la información del domicilio o contacto de la empresa.
Para realizar estos trámites hay que acceder al apartado de "Gestión de contratos, usuarios y favoritos".
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¿Has realizado el registro previo de la empresa?
- Lo primero que tienes que comprobar es si has realizado el alta de la empresa en el "Servicio de presentación telemática de Tributos", no podrás acceder si no hay hecho esto previamente.
- En esta guía encontrarás los distintos pasos para realizarlo correctamente.
¿Con qué certificado estás accediendo?
- Si entras con el certificado electrónico de representante de la sociedad XXXXXXX, entonces solo puedes entrar al contrato telemático de esa sociedad.
- Si entras con un certificado electrónico personal, la aplicación te mostrará todos los contratos en los que tu NIF está registrado como usuario. Si solamente hay un contrato el sistema entrará en ese directamente.
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Si ya estás registrado en el "Servicio de presentación telemática de Tributos" y necesitas utilizar una de de las opciones deshabilitada (color gris), tienes que solicitar que amplíen tus permisos para realizar más trámites de los que tienes activados actualmente.
Haz tu solicitud por correo electrónico a informaticatributos@aragon.es indicando:
- Datos del usuario administrador del contrato.
- Perfil que necesitas ampliar.
El servicio de informática tributaria te gestionará tu petición.
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Al utilizar las aplicaciones informáticas el sistema informa que los datos introducidos del contribuyente o sujeto pasivo no coinciden con los datos censales de nuestra base de datos y se produce un error en la identificación.
Tendrás que comprobar que los datos introducidos en la aplicación se han escrito correctamente y conforme a los siguientes criterios:
Nombre de personas físicas:
- Apellidos
- Nombre
- Siempre en este orden sin signos de puntuación como: puntos, comas... No dejar espacios en blanco antes de introducir la primera letra del apellido.
Nombre de personas jurídicas: Debe coincidir con el literal, es decir, al 100% con los datos que figuran en el NIF de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
Si continúa la incidencia técnica puedes:
- Contactar con el servicio de asistencia en nuestro teléfono de información tributaria 976 71 52 09 (horario de 9h a 14h de lunes a viernes laborables). O
- Enviar un correo electrónico a tributos@aragon.es o identificacioncenso@aragon.es con una captura de pantalla del error y el NIF de las personas intervinientes. Además de los datos personales es conveniente que se incluya el número de teléfono para que se pueda dar una solución en un plazo breve.
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- Comprueba que tu medio de identificación digital no está caducado y funciona correctamente en realizar cualquier otro trámite fuera de nuestra aplicación.
- Recuerda que los medios de identificación válidos para acceder a nuestro servicio son los siguientes medios:
- Cl@ve (registro avanzado).
- DNIe
- Certificado electrónico.
- Si ya estás registrado con un identificador adecuado que funciona correctamente pero persiste el error, tendrás que comunicarlo con un correo electrónico a informaticatributos@aragon.es indicando:
- Datos del usuario del contrato.
- Datos del contrato.
- Una captura de pantalla del error.
El servicio de informática tributaria te gestionará tu incidencia.
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- Comprueba el mensaje de error que aparece:
- Saldo insuficiente.
- El titular de la cuenta no coincide...
- Persiste el error y no puedes identificar el motivo tendrás que comunicarlo con un correo electrónico a informaticatributos@aragon.es indicando:
- NIF del usuario y del contrato de presentación telemática que ha intentado el pago.
- Fecha y hora del error.
- Datos de la autoliquidación: impuesto, importe, obligado tributario y/o número de justificante.
- Si es posible, la captura de pantalla del error.
El servicio de informática tributaria te gestionará tu incidencia.
Caso especial con el Banco de Santander e Ibercaja:
Si la autoliquidación es de una sociedad y estás intentando el pago con el CIF de la empresa te dará un error en el titular. Para solucionarlo en el campo de "titular de la cuenta" debes indicar a la persona física autorizada para realizar el pago. Tanto el Banco de Santander como Ibercaja no permiten el pago con un CIF de una persona jurídica.
Impuestos medioambientales
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En el siguiente documento encontrarás toda la información para hacer tu trámite paso a paso.
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Si que puede pero antes hay que realizar las siguientes gestiones:
- La empresa medioambiental tiene que registrarse con su NIF en el servicio de presentación telemática.
- El usuario administrador deber acceder en el apartado de "gestión de contratos, usuarios y favoritos".
- Tendrá que "crear un usuario" indicando el NIF de la persona de la gestoría (o del tercero) que a partir de ese momento va a realizar la confección de los pagos fraccionados y de la autoliquidación a nombre de la empresa.
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Para resolver aquellas dudas cuya respuesta no encuentres en esta página puedes dirigirte a impuestosmedioambientales@aragon.es
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- Modificar las dimensiones: tienes que crear una mueva modificación censal correcta con la misma fecha de efectividad de la que quieres reemplazar.
- Modificar la denominación de la instalación: tienes que pedirlo enviando un correo a informaticatributos@aragon.es
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- Los 3 pagos fraccionados se calculan con la situación de la instalación a 1 de enero del ejercicio que hay que liquidar. Todos los pagos fraccionados de un ejercicio tienen el mismo importe (al margen de recargos e intereses por fuera de plazo).
- La autoliquidación sirve para regularizar el pago con las modificaciones que haya tenido la instalación durante el ejercicio y se presentan y pagan al año siguiente. Puede haber autoliquidaciones con importes negativos.
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- Debes comprobar que todos los pagos fraccionados se encuentran en estado "presentado". Solo se descuentan aquellos pagos que estén en esta situación.
- Si has realizado el pago fraccionado de forma presencial tendrás que comprobar que la carta de pago ha sido validada por la entidad financiera donde acudiste a realizar la gestión.
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Las inversiones solo se aplican en la autoliquidación, nunca en los pagos fraccionados.
Primero debes grabar la inversión y después confeccionar la autoliquidación. Si lo has hecho en orden inverso y la autoliquidación está en "borrador" tendrás que eliminarla, grabar la inversión y después volver a confeccionar la autoliquidación.
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La autoliquidación se confecciona al año siguiente del ejercicio de la actividad. En el año 2026 se confeccionará la autoliquidación de 2025 (los pagos fraccionados se habrán hecho y pagado en el año). Si te da algún error en el ejercicio comprueba que has indicado correctamente el ejercicio fiscal, en este caso será 2025.
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- Solamente se pueden eliminar pagos o autoliquidaciones cuando es su estado es "Borrador".
- Recargo: este se calcula automáticamente por la aplicación cuando la confección se hace fuera de plazo. No obstante, en estado de "borrador" puedes entrar y modificar el recargo si lo consideras necesario.
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- En primer lugar confirma con tu entidad financiera que realmente no se ha realizado el pago on line.
- Si persiste el error y no está ingresado, esde el listado principal puedes imprimir las autoliquidaciones para pagar de manera presencial en tu entidad.
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A través de la aplicación tienes que adjuntar la carta de pago con la validación mecánica de la entidad financiera y así cambiará el estado a "presentado".
Es muy importante que adjuntes la carta de pago dentro del plazo establecido.
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Las autoliquidaciones negativas se presentan seleccionando la modalidad de "pago on line".
La devolución del importe no se realiza en el momento; se tramita en la Sección de Impuestos Medioambientales como un procedimiento de ingresos debidos.
Organismos asociados:
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