Sanciones Laborales en Aragón
- Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social
- Empleo
- Prevención de riesgos laborales
- Gestión de empresa
- Fraccionamientos, aplazamientos y exenciones
- Empleo y trabajo
- Empresa
Sanciones Laborales por las infracciones cometidas en materia laboral, prevención de riesgos laborales, empleo y obstrucción a la actividad inspectora.
Objeto
Le corresponde a la autoridad laboral sancionar las infracciones cometidas en materia cuya competencia le corresponde a la Comunidad Autónoma ( laboral, prevención de riesgos laborales, empleo y obstrucción a la actividad inspectora en las materias comentadas). La competencia recae en función de la cuantía de la propuesta de sanción de manera que le corresponde al Subdirector o a la Subdirectora Provincial hasta 12.000 euros, a la Directora General, de 12.001 a 30.000, y en adelante a la Consejera.
El expediente se inicia mediante el levantamiento de un acta de infracción por la Inspección Provincial de Trabajo conteniendo la propuesta de sanción. Notificada el acta por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se concede 15 días al interesado para que envíe las alegaciones que considere oportunas para su defensa. La Inspección de Trabajo, a la vista de las alegaciones remite informe al órgano instructor valorando el contenido de las mismas. Resuelve previa propuesta de resolución del órgano instructor, el Director del Servicio Provincial (hasta 12.000€), el Director General de Trabajo ( hasta 30.000€) o el Consejero competente en la materia en función de la cuantía. Contra la resolución sancionadora se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero en el plazo de un mes. De no interponer recurso, ni abonar la sanción en vía voluntaria, se procede a su recaudación por la vía ejecutiva, incrementada con el recargo de apremio y en su caso con los correspondientes intereses de demora.
En cuanto al pago de la sanción en periodo voluntario puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento previa solicitud de la empresa ante el Servicio Provincial de Economía y Empleo, que será resuelto por el órgano de recaudación.
Legislación
- Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
- Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.
- Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Formularios
- Petición de Aplazamiento - Fraccionamiento. - (PDF, 290 KB)
- Formulario de reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario (reducción 40% sanción) Huesca - (PDF, 308 KB)
- Formulario de reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario (reducción 40% sanción) Teruel - (PDF, 209 KB)
- Formulario de reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario (reducción 40% sanción) Zaragoza - (PDF, 209 KB)
Última actualización: 26/02/2021
- Evolución diaria COVID-19 en Aragón. Gobierno de Aragón
- COVID-19. Declaración responsable para justificar desplazamientos. Gobierno de Aragón
- Normativa coronavirus COVID-19. Gobierno de Aragón
- Índice de riesgo por uso del fuego. Gobierno de Aragón
- Portal de Servicios para el Profesional (PSP). Gobierno de Aragón