Para la adaptación del puesto de trabajo
Fuera de plazo - Del 18/02/2025 al 22/10/2025
El plazo de presentación terminó el 22 octubre 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 18/02/2025 al 22/10/2025
El plazo de presentación terminó el 22 octubre 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede solicitar una subvención para la adaptación de puestos de trabajo, incluidas las medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación, así como para la dotación de equipos de protección personal para evitar riesgos laborales a las personas trabajadoras con discapacidad contratadas y para la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo.
Dirigido a
- Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Las personas trabajadoras autónomas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Las entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
- Requisitos que figuran previstos Ley General de Subvenciones.
- Empresas con 50 o más personas trabajadoras, cumplir la obligación de reserva de cuota del 2% de personas trabajadoras con discapacidad, salvo que tengan autorizada la aplicación de las medidas alternativas.
- Requisitos que cada año se establezcan en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Cumplir con el régimen de minimis.
- Formalización de contratos indefinidos, contratos temporales de fomento de empleo para personas con discapacidad y a los contratos formativos, siempre que, en cada caso, la duración de estos contratos sea igual o superior a 12 meses.
- Necesidad de la eliminación de barreras, adaptación del puesto de trabajo o dotación de equipos de protección deberá contar con el informe favorable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 18/02/2025 a las 00:00 h
Fin: 22/10/2025 a las 23:59 h
Podrán solicitarse durante toda la vigencia del contrato y, en todo caso, en el plazo de quince días desde el día siguiente al pago de la correspondiente adaptación.
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Factura del gasto ocasionado por la adaptación
-
3. Documento de pago
Documento que acredite el pago de las adaptaciones necesarias del puesto de trabajo.
-
4. Informe positivo de adecuación del puesto
A la discapacidad de las personas trabajadoras contratadas emitido por el equipo multiprofesional competente
-
5. Contrato de trabajo firmado por ambas partes
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Informe de adecuación al puesto de trabajo
O dictamen de aptitud de evaluación de riesgos emitido por los servicios de prevención
-
2. Resolución de pensión de incapacidad permanente
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-
1. Documento de apoderamiento
En caso de ser necesario debe aportarse junto a la solicitud. Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm
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-
1. Ficha de terceros con INAEM
Se puede obtener en:
https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria
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-
1. Escritura de constitución o contrato de sociedad civil
Escritura de constitución de la sociedad y modificaciones posteriores que afecten al capital social, a la composición de los órganos de administración o de los miembros de la sociedad, contrato de sociedad civil debidamente diligenciado o cualquier otro de valor equivalente.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta
Situación Laboral en Fecha Concreta
Consulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Consulta de subvenciones MINIMIS
Consulta de Discapacidad nuevo
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas. 901 501 000
Correo electrónico. inaem@aragon.es
Página web. Página Web del Instituto Aragonés de Empleo
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Orden EPE/675/2022, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de subvenciones destinado a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo
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Orden ORDEN EMC/166/2025, de 7 de febrero, por la que se convocan para el año 2025, las subvenciones reguladas en la Orden EPE/675/2022, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de subvenciones destinado a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo
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Ayuda a la tramitación electrónica
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