Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con discapacidad - Por contratación temporal
N°9125
A través de este trámite, se puede solicitar una subvención para la contratación de personas con discapacidad mediante contrato temporal de fomento del empleo.
Dirigido a
- Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónomoa de Aragón
- Las personas trabajadoras autónomas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Las entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
- Requisitos que figuran previstos Ley General de Subvenciones.
- Empresas con 50 o más personas trabajadoras, cumplir la obligación de reserva de cuota del 2% de personas trabajadoras con discapacidad, salvo que tengan autorizada la aplicación de las medidas alternativas.
- Requisitos que cada año se establezcan en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Cumplir con el régimen de minimis.
- La persona a contratar estará desempleada e inscrita como demandante de empleo en el servicio público de empleo al menos desde el día inmediatamente anterior a la fecha de su contratación.
- Las personas empleadoras deberán solicitar a las personas a contratar a la correspondiente oficina de empleo mediante la presentación, con anterioridad a la fecha de la contratación, de la pertinente oferta de empleo.
- Los dos requisitos anteriores no serán necesarios si se trata de una persona trabajadora procedente de un centro especial de empleo y no medie ningún día entre ambas relaciones laborales.
- Las personas empleadoras que, con anterioridad a la contratación de la persona con discapacidad, no hubiesen solicitado el informe positivo del equipo multiprofesional competente sobre su adecuación al puesto de trabajo, deberán solicitarlo a través del Registro Electrónico del Gobierno de Aragón en el plazo de 10 días a contar desde la fecha de solicitud.
- En el caso de las personas pensionistas de la Seguridad Social o de clase pasivas deberán tener el informe de adecuación al puesto de trabajo o dictamen de aptitud de evaluación de riesgos emitidos por las servicios de prevención.
- La jornada de trabajo será completa o a tiempo parcial no inferior al 50% de la ordinaria en la empresa.
- Las contrataciones nuevas representarán un incremento neto de la plantilla fija de la empresa o entidad beneficiaria en comparación con la media de los 12 meses previos. al contrato subvencionado
Documentación
Presentar en todos los casos:
Informe positivo de adecuación del puesto
A la discapacidad de las personas trabajadoras contratadas emitido por el equipo multiprofesional competente
Contrato de trabajo firmado por ambas partes
Información y consulta de datos
Documento que debe firmar la persona trabajadora contratada por la que se solicita la subvención.
Descargar modelo Información y consulta de datos
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si el trabajador contratado es pensionista de la Seguridad Social o de clases pasivas
Resolución de pensión de incapacidad permanente
Informe de adecuación al puesto de trabajo
O dictamen de aptitud de evaluación de riesgos emitido por los servicios de prevención
En caso de apoderamiento:
Documento de apoderamiento
Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm
Si no se tiene ficha de terceros con INAEM
Ficha de terceros con INAEM
Se puede obtener en:
https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesEstar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta
Situación Laboral en Fecha Concreta
Consulta de Vida Laboral Últimos 12 Meses
Consulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Consulta de datos de discapacidad
Consulta de subvenciones MINIMIS
Información adicional
Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas. 901 501 000
- Correo electrónico. inaem@aragon.es
- Página web. Página Web del Instituto Aragonés de Empleo
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
Orden EPE/675/2022, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de subvenciones destinado a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo
Orden EEI/241/2024, de 1 de marzo, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones reguladas en la Orden EPE/675/2022, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de subvenciones destinado a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 21/03/2024 al 21/10/2024
En plazo
Quince días contado desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora que da derecho a subvención Aquellos supuestos subvencionables que, encontrándose dentro del ámbito temporal de la presente convocatoria, se hubieren producido con anterioridad a la publicación de la misma, el plazo de quince días para la presentación de solicitudes se contará a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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