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Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con discapacidad - Por transformación en indefinidos de contratos temporales

N°9126

A través de este trámite, se puede solicitar una subvención para la transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo, contratos formativos y contratos de interinidad suscritos con personas trabajadoras con discapacidad.

Plazo de presentación

Del 06/04/2023 al 23/10/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Las personas trabajadoras autónomas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Las entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Requisitos que figuran previstos Ley General de Subvenciones.
  • Empresas con 50 o más personas trabajadoras, cumplir la obligación de reserva de cuota del 2% de personas trabajadoras con discapacidad, salvo que tengan autorizada la aplicación de las medidas alternativas.
  • Requisitos que cada año se establezcan en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Cumplir con el régimen de minimis.
  • La transformación en indefinidos de los contratos temporales, formativos y de interinidad deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento del contrato objeto de transformación o de cualquiera de sus prórrogas, si las hubiere.
  • La jornada del nuevo contrato indefinido deberá ser al menos igual o superior a la del contrato que se transforma.
  • El nuevo contrato indefinido fruto de la transformación representará un incremento neto de la plantilla fija de la empresa o entidad beneficiaria en comparación con la media de los 12 meses previos al contrato subvencionado.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado grado de discapacidad

    Certificado del órgano competente acreditativo del grado de discapacidad de la persona contratada.

  • Informe positivo de adecuación del puesto

    Informe positivo del equipo multiprofesional competente sobre la adecuación del puesto de trabajo a la discapacidad de las personas trabajadoras contratadas o, en su defecto, justificante de la solicitud del mismo en el plazo máximo de 10 días a contar desde la fecha de solicitud. Si no se aportase dicho informe en el momento de solicitud, este deberá aportarse tan pronto como se obtengan y, en todo caso, en el plazo de seis meses a contar desde la fecha de inicio del contrato de la persona trabajadora afectada.

  • Contrato de trabajo

    Firmado por ambas partes.

  • Información y consulta de datos

    Documento que debe firmar la persona trabajadora contratada por la que se solicita la subvención.

    Descargar modelo Información y consulta de datos

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En caso de apoderamiento

  • Documento de apoderamiento

    En caso de ser necesario debe aportarse junto a la solicitud. Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta

  • Situación Laboral en Fecha Concreta

  • Consulta de Vida Laboral Últimos 12 Meses

  • Consulta de Datos de Identidad

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 06/04/2023 al 23/10/2023

Fuera de plazo

Quince días contado desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora que da derecho a subvención Aquellos supuestos subvencionables que, encontrándose dentro del ámbito temporal de la presente convocatoria, se hubieren producido con anterioridad a la publicación de la misma, el plazo de quince días para la presentación de solicitudes se contará a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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