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Tipología INAGA 55: Modificación de trazado y permuta en vías pecuarias

  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
  • Montes públicos y vías pecuarias
  • Ganadería
  • Agricultura, ganadería y medio rural

Trámite de modificación de trazado y permuta en vías pecuarias en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Presentación de solicitudes

Subtipología INAGA 55A. (Procedimiento 380). Modificación de trazado y permuta en vías pecuarias

(INAGA). Tipología 55 - Modificación de trazado y permuta en vías pecuarias

(Trámites). Procedimiento INAGA 55A - Autorización de modificaciones de trazado y permuta en vías pecuarias

Información específica del trámite

Denominación del procedimiento administrativo

Modificación de trazado y permuta en vías pecuarias.

Descripción

Por razones de interés público o privado debidamente motivado, se podrá modificar el trazado de una vía pecuaria siempre que se asegure el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad del nuevo itinerario y de los trazados junto con la continuidad del tránsito ganadero y usos compatibles o complementarios.

Dicho procedimiento se encuentra regulado en el artículo 25 y siguientes de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón (BOA número 139, de 23/11/2005).

Hay casos particulares de modificación de trazado de vías pecuarias por planeamiento urbanístico, concentración parcelaria y realización de obras públicas.

Requisitos de los solicitantes

Entre los requisitos a cumplir cabe destacar:

  1. Ser interesado en la modificación de trazado pretendida y cumplir ésta las condiciones establecidas en la legislación, en particular aportar los terrenos libres de cargas.

  2. Imprescindible: Tener previsto un trazado alternativo al objeto de que la vía pecuaria no quede interrumpida.

El trazado alternativo debe asegurar:

  • El mantenimiento de la integridad superficial respecto al trazado original, y que en cualquier lugar del trazado propuesto se respete una anchura coherente con las necesidades del tránsito ganadero.

  • Los usos compatibles definidos en el artículo 34 de la Ley 10/2005 de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón (BOA número 139, de 23/11/2005).

  • Los usos complementarios como el paseo, la práctica del senderismo, la marcha a caballo, el cicloturismo y otras formas de utilización o desplazamiento deportivo, siempre que respeten la prioridad del tránsito ganadero y no se realicen sobre vehículos motorizados.

Tasas

Tasa 17 por servicios facultativos y administrativos en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias

Tarifa 24. Por la modificación de trazado de vía pecuaria, de interés particular, la cuota será de 264,00 euros.

Observaciones

Además de la autorización de carácter técnico que tramita el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, la modificación de trazado y permuta conlleva trámites administrativos con la Dirección General encargada del Patrimonio de la Comunidad Autónoma, así como con el Catastro y el Registro de la Propiedad.

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo de tramitación: 7 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: negativo.

Normativa reguladora

Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (BOE número 264, de 04/11/2003)

Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias (BOE número 71, de 24/03/1995)

Ley 10/2005 de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón (BOA número 139, de 23/11/2005)

Acceso a la relación completa de normativa que afecta a estos trámites INASEI. Tramitación Electrónica de Solicitudes INAGA.

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

  • Anexo I. Datos generales de la modificación del trazado o permuta

  • Copia NIF/CIF del titular de las parcelas aportadas

  • Escrituras de Constitución de la Sociedad y Poder de Representación, en su caso

  • Memoria descriptiva o proyecto técnico justificativo

  • Documentación acreditativa de la propiedad de las superficies aportadas

  • Fichero normalizado con la cartografía digital:

    • Planos de situación para la identificación y localización de la zona afectada de la vía pecuaria a escala 1:50000 o 1:25000

    • Plano de detalle de los terrenos objeto de permuta (formato digital georreferenciado coordenadas UTM ETRS89)

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Modificación de trazado y permuta en vías pecuarias, en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Cartografía

Estadísticas de tramitación

Última actualización: 17/01/2024

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