Inscripción de corredor de seguros, persona física
Inscripción en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos de Aragón, como corredor de seguros, persona física.
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- Personas físicas que deseen ejercer la actividad de corredor de seguros en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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- Cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 157 Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero.
- Tener capacidad legal para ejercer el comercio.
- Presentar un programa de actividades.
- Acreditar que los corredores de seguros y todas las personas que participan directamente en la distribución de seguros, cumplen el requisito de honorabilidad comercial y profesional en los términos dispuestos en el artículo 128.
- Acreditar que los corredores de seguros poseen los conocimientos y aptitudes apropiados mediante la superación de cursos de formación de acuerdo con lo previsto en el título I y en su normativa de desarrollo.
- Presentar un programa de formación continua aplicable.
- Disponer de una capacidad financiera que deberá en todo momento alcanzar el 4 por ciento del total de las primas anuales percibidas, sin que pueda ser inferior a 19.510 euros, salvo que contractualmente se haya pactado de forma expresa con las entidades aseguradoras que los importes abonados por los clientes se realizarán directamente en cuentas de pago de titularidad de aquellas, o que, en su caso, el corredor de seguros ofrezca al tomador una cobertura inmediata, siempre y cuando la entidad aseguradora haya autorizado al corredor a recibir en nombre y por cuenta de esta las primas satisfechas por los tomadores, entregando el recibo de prima emitido por la entidad aseguradora, y, en uno y otro caso, que las cantidades abonadas en concepto de indemnizaciones se entregarán directamente por las entidades aseguradoras a los tomadores de seguros, asegurados o beneficiarios.
- La capacidad financiera podrá acreditarse mediante la contratación de un aval emitido por una entidad financiera o de un seguro de caución, con objeto de proteger a los clientes frente a la incapacidad de los corredores de seguros para transferir la prima a la entidad aseguradora o para transferir la cantidad de la indemnización o el reembolso de la prima al asegurado.
- Contratar un seguro de responsabilidad civil profesional o cualquier otra garantía financiera que cubra en todo el territorio de la Unión Europea las responsabilidades que pudieran surgir por negligencia profesional, con una cuantía de, al menos 1.300.380 euros por siniestro y, en suma, 1.924.560 euros para todos los siniestros correspondientes a un determinado año.
- No incurrir en las causas de incompatibilidad previstas en el artículo 159.
Canales de información- Correo electrónico. mediacionseguros.economia@aragon.es
- Teléfono. 976714671
De 9:00 a 14:00 horas
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Documentos a aportar por la persona interesada
- Solicitud de inscripción como corredor de seguros
Persona física. - Acreditación documental de los conocimientos exigidos
El solicitante deberá acreditar la superación de un curso de formación en materias financieras y de seguros privados o una prueba de aptitud. Se deberá aportar la acreditación documental de los conocimientos exigidos a las personas que participarán como empleados o auxiliares externos directamente en la mediación de los seguros. - Acreditación de la capacidad financiera
- Copia del seguro de responsabilidad civil profesional
U otra garantía financiera. - Programa de actividades y de formación continua
- Solicitud de inscripción como corredor de seguros
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