Comunicación de transmisión de participaciones

Trámite 1466

En plazo permanente

Iniciar trámite

Trámite1466

En plazo permanente

Iniciar trámite

Detalles del trámite

Comunicación previa de la transmisión de acciones o participaciones que se quiere realizar, dando lugar a un régimen de participaciones significativas de las sociedades de correduría de seguros.


Dirigido a

  • Corredores de seguros, personas jurídicas, que estén registrados y ejerzan la actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 160 de la RD Ley 3/2020, 4 de febrero, mediación de seguros y reaseguros privados:
    • Informar a la Dirección General de Economía Seguros y Fondos de Pensiones de cualquier relación que pretendan establecer con personas físicas o jurídicas que pueda implicar la existencia de:
      • Vínculos estrechos: Toda relación entre dos o más personas físicas o jurídicas si están unidas a través de una participación o mediante un vínculo de control. Asimismo, la situación en la que dos o más personas físicas o jurídicas, entre las que se encuentre una entidad aseguradora o reaseguradora, estén vinculadas, de forma duradera, a una misma persona física o jurídica por un vínculo de control.
      • Participaciones significativas en una entidad aseguradora o reaseguradora: La posesión en una entidad aseguradora o reaseguradora, de manera directa o indirecta, de al menos un 10 por 100 del capital o de los derechos de voto o cualquier otra posibilidad de ejercer una influencia notable en la gestión de la entidad.
    • No podrán tener vínculos estrechos o participación aquellos que no reúnan los requisitos de honorabilidad comercial y profesional de acuerdo a la definición del artículo 128.19 Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial - Pasos a seguir
  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Otros

Solo las personas físicas pueden presentar su solicitud de forma presencial en las oficinas de registro. Las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse de forma telemática con la administración pública.

Con la ayuda del personal habilitado

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Resolución

2 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Copia del certificado de formación de los nuevos socios u órganos dirección

    En el caso de transmisión del 50% de los socios u órganos de dirección debe presentarse copia del certificado del título obtenido acreditando que poseen la formación oportuna en materia de mediación de seguros.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ECONÓMICA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

La Dirección General de Política Económica podrá oponerse a la transmisión de acciones o participaciones por los motivos legalmente previstos. Dispondrá de un plazo de tres meses, a partir de la presentación de la información, para oponerse a la adquisición de la participación significativa o de cada uno de sus incrementos que igualen o superen los límites del 20%, 30% o 50% y también cuando, en virtud de la adquisición, se pudiera llegar a controlar la sociedad de correduría.

Si la Dirección General de Política Económica no se pronunciara en el plazo de tres meses, podrá procederse a la adquisición o incremento de participación.

Si la Dirección General expresa su conformidad a la adquisición o incremento de participación significativa, podrá fijar un plazo máximo distinto al comunicado para efectuar la adquisición.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

Más información

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.

Servicio de información y registro

Horario:  lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.