Convocatoria 2025
Fuera de plazo - Del 06/08/2025 al 27/08/2025
El plazo de presentación terminó el 27 agosto 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 06/08/2025 al 27/08/2025
El plazo de presentación terminó el 27 agosto 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones destinadas a financiar proyectos de alfabetización en salud y ayuda mutua de pacientes y personas cuidadoras.
Estas ayudas están dirigidas a entidades sin ánimo de lucro, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
Otras acciones
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Resolución de la convocatoria 2025
ORDEN SAN/1461/2025, de 24 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a proyectos de alfabetización en salud y ayuda mutua de pacientes y personas cuidadoras para el año 2025 y se amplía el plazo de justificación previsto en la Orden SAN/945/2025, de 21 de julio, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones a proyectos de alfabetización en salud y ayuda mutua de pacientes y personas cuidadoras para el año 2025.
Dirigido a
- Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones, federaciones y fundaciones de personas afectadas por una enfermedad o discapacidad y/o familiares, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que tengan sede y realicen su actividad en Aragón
Requisitos
- Las entidades beneficiarias deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras aprobadas por la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril modificada por la ORDEN SAN/653/2023, de 10 de mayo.
- Cada entidad podrá presentar una solicitud, con un solo proyecto de alfabetización en salud y ayuda mutua de personas afectadas por una enfermedad y sus cuidadores.
- La entidad solicitante tiene que hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no haber sido sancionada o condenada con la perdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- Obligación de Justificar los gastos realizados.
- Los centros beneficiarios deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras aprobadas por la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril modificada por la ORDEN SAN/653/2023, de 10 de mayo.
- El procedimiento electrónico de subvención tiene tres fases:
- 1) Cumplimentar formulario de solicitud (Anexo I), junto con los Anexos II, III y IV, y remitirlos en plazo.
- 2) Cumplimentar declaración de aceptación de la subvención concedida a través del Anexo V en el plazo de 10 diez hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el BOA.
- 3) Justificación de la subvención concedida a través de los Anexos VI y VII, cuyo plazo comenzará al día siguiente de la publicación de la resolución de concesión de la subvención y finalizará el 15 de noviembre de 2025.
- Todos los documentos deberán estar firmados electrónicamente.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 06/08/2025 a las 00:00 h
Fin: 27/08/2025 a las 23:59 h
15 días hábiles desde la fecha de publicación
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
5. Anexo VI - Memoria Actuación. Justificación de la subvención
MEMORIA DEL PROYECTO REALIZADO para la
JUSTIFICACION DE LA SUBVENCIÓN
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Consulta de documentación en el Departamento de Sanidad
Si no hubiese sufrido modificación alguna y no han transcurrido más de cuatro años desde la finalización del procedimiento al que corresponden.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CUIDADOS Y HUMANIZACIÓN
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La solicitud (Anexo I) se dirigirá a la Directora General de Cuidados y Humanización, y se presentará electrónicamente en la Sede electrónica del Gobierno de Aragón junto con el resto de la documentación que acompañe a la misma.
Dicha solicitud deberá estar firmada electrónicamente y se considerará formalizada, a los efectos de su tramitación, en el momento en que se obtenga el justificante de registro. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento, dentro del plazo establecido para cada trámite.
La presentación de la solicitud supone la aceptación incondicionada de las bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 715 272
Correo electrónico. solicitud de información subvencionesdgch@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones
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Orden 653/2023, de 10 de mayo, de modificación de la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para concesión de subvenciones en materia de salud.
-
Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para concesión de subvenciones en materia de salud.
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Ayuda a la tramitación electrónica
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