Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo - Para favorecer la incorporación al negocio familiar de personas trabajadoras autónomas colaboradoras
N° 9703
A través de este trámite se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de subvenciones a personas emprendedoras autónomas.
Esta ayuda tiene como finalidad apoyar el autoempleo y el emprendimiento, promoviendo la inserción laboral de familiares colaboradores.
Dirigido a
- Personas desempleadas, no ocupada e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, que se incorpore al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como persona autónoma colaboradora en un negocio familiar
Requisitos
- Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
- Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
- Que sea cónyuge, pareja estable no casada, ascendiente, descendiente o tenga una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o adopción de la persona titular del negocio.
- Que se incorpore como persona trabajadora autónoma colaboradora al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- La persona colaboradora y la titular deben trabajar en el mismo lugar de manera habitual y no de forma esporádica o puntual.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Consulta de datos
Documento firmado por el titular de la actividad del negocio familiar
Descargar modelo Consulta de datosDeclaración responsable
Que trabajan ambos en el mismo lugar de manera habitual
Libro de familia o certificado del Registro de parejas estables no casadas
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si formas parte de una sociedad civil o comunidad de bienes
Contrato debidamente diligenciado
Si el solicitante es pensionista de Seguridad Social o clases pasivas
Resolución de pensión de incapacidad permanente
Informe de adecuación al puesto de trabajo
O dictamen de aptitud de evaluación de riesgos emitidos por los servicios de prevención
Si el solicitante es persona con discapacidad
Informe de aptitud de la persona emprendedora
Emitido por el equipo de valoración de los servicios sociales
En caso de apoderamiento:
Documento de apoderamiento
Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.html
Si no se tiene ficha de terceros con INAEM
Ficha de terceros con INAEM
Se puede obtener en: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesEstar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Consulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Inscrito Demandante de empleo
Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta
Consulta de subvenciones MINIMIS
Consulta de datos de discapacidad
Información adicional
En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución concesoria, la persona beneficiaria deberá aportar la dirección de la página web o sitio de Internet, así como una impresión de pantalla de la misma, en caso de que existiera, en la que se ha publicado una breve descripción del proyecto subvencionado de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, incluyendo sus objetivos y resultados y destacando la financiación tanto del Gobierno de Aragón, como de la Unión Europea, a través del Programa FSE+ Aragón 2021-2027. En caso de no disponer de esta herramienta de difusión, la persona beneficiaria lo manifestará mediante declaración firmada. El incumplimiento de dichas condiciones implicará la pérdida del derecho al cobro de la subvención o su reintegro, según corresponda.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas. 901 501 000
- Correo electrónico. inaem@aragon.es
- Página web. Página Web del INAEM
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
Orden EEI/465/2024, de 2 de mayo, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones reguladas en la Orden EEI/340/2024, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.
Orden EEI/340/2024, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.
Orden EPE/35/2021, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 16/05/2024 al 30/10/2024
Fuera de plazo
Un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
Fuera de plazo
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