Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo - Incentivo a la consolidación de proyectos para favorecer el mantenimiento de la actividad por cuenta propia
N° 9702
A través de este trámite se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de subvenciones a personas emprendedoras autónomas.
Esta ayuda es complementaria a la de establecimiento como trabajador autónomo y la subvención para el relevo generacional, una vez se haya alcanzado el primer año de actividad.
Dirigido a
- Personas beneficiarias de la subvención al establecimiento como persona trabajadora autónoma o de la subvención para el fomento del relevo generacional
Requisitos
- Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
- Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
- Haber sido beneficiario/a de la ayuda al establecimiento como trabajador/a autónomo/a o de la subvención para el fomento del relevo generacional.
- Haber permanecido ininterrumpidamente en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante los 12 meses siguientes al inicio de la actividad
- Estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el momento de tramitar la solicitud.
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si formas parte de una sociedad civil o comunidad de bienes
Contrato debidamente diligenciado
En caso de apoderamiento:
Documento de apoderamiento
Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm
Si no se tiene ficha de terceros con INAEM
Ficha de terceros con INAEM
Se puede obtener en: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha -terceros-designacion-cuenta-bancaria
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Consulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Consulta de subvenciones MINIMIS
Información adicional
Esta subvención según la disposición transitoria única de la Orden EEI/ estará regulada por la Orden EPE/35/2021, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.
En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución concesoria, la persona beneficiaria deberá aportar la dirección de la página web o sitio de Internet, así como una impresión de pantalla de la misma, en caso de que existiera, en la que se ha publicado una breve descripción del proyecto subvencionado de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, incluyendo sus objetivos y resultados y destacando la financiación tanto del Gobierno de Aragón, como de la Unión Europea, a través del Programa FSE+ Aragón 2021-2027. En caso de no disponer de esta herramienta de difusión, la persona beneficiaria lo manifestará mediante declaración firmada. El incumplimiento de dichas condiciones implicará la pérdida del derecho al cobro de la subvención o su reintegro, según corresponda.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas. 901 501 000
- Correo electrónico. inaem@aragon.es
- Página web. Página Web del INAEM
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
Orden EEI/465/2024, de 2 de mayo, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones reguladas en la Orden EEI/340/2024, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.
Orden EEI/340/2024, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.
Orden EPE/35/2021, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 16/05/2024 al 30/10/2024
Fuera de plazo
En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se cumpla el primer año de actividad
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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