Gestión de dependencia y discapacidad - Solicitud de Reconocimiento del Grado de Discapacidad
N°695
A través de este trámite, las personas con discapacidad que cumplan los requisitos exigidos por la normativa vigente podrán presentar una solicitud para ser reconocidas, declaradas o calificadas con un grado de discapacidad. Con este reconocimiento podrán acceder a determinados beneficios sociales y económicos.
Utiliza el SIMULADOR disponible en el apartado "Información Adicional" para obtener una valoración orientativa de la situación.
Consulta el PASO A PASO DEL PROCEDIMIENTO DE DISCAPACIDAD, disponible en el apartado "Información Adicional"
Dirigido a
- Personas residentes en Aragón que presenten discapacidad física, psíquica o sensorial.
Requisitos
- Residir en Aragón
- Presentar discapacidad física, psíquica o sensorial
Documentación
Presentar en todos los casos:
INFORMES
La administración consultará los servicios señalados en la solicitud para verificar la exactitud de los datos aportados.
En caso de oponerse a la consulta del expediente sanitario, deberá presentar obligatoriamente informes que acrediten la discapacidad alegada.
En caso de autorizar la consulta del expediente sanitario, para facilitar el proceso de valoración y complementar la información clínica obrante en el SALUD, se recomienda la aportación de los siguientes informes en función de la discapacidad alegada.
Descargar modelo INFORMESDocumentación acreditativa de la identidad de la persona solicitante
En el caso de los menores de edad, resulta muy recomendable, para evitar dilaciones y confusión de trámites, que cuenten con un DOCUMENTO IDENTIFICADOR PROPIO, (DNI, Pasaporte, NIE), antes de iniciar todos los trámites.
En caso de carecer de DNI o NIE, la identidad del solicitante deberá ser acreditada por alguno de los siguientes medios:
- Fotocopia del Libro de familia.
- Fotocopia del Pasaporte.
- Fotocopia del certificado de nacimiento.
Documentación acreditativa de representación y, en su caso, de la filiación
Este apartado únicamente se rellenará cuando la solicitud se firme por persona distinta de la persona interesada, que ostente la condición de representante legal, guardador de hecho, o padre/madre/tutor de una persona menor de edad.
En el caso del REPRESENTANTE LEGAL, copia de la documentación que acredite dicha representación, (Sentencia, Auto, Declaración administrativa de guarda o acogimiento, poder notarial, etc.).
En el caso del GUARDADOR DE HECHO, deberá rellenarse la Declaración responsable que figura al final del impreso de solicitud.
En el caso de SEPARACIÓN O DIVORCIO en solicitudes de reconocimiento de Discapacidad para personas menores de edad, salvo disposición en contrario por sentencia, pacto de relaciones familiares o documento equivalente, ambos progenitores figurarán como autorizados para la consulta del expediente, realizándose las notificaciones según lo estipulado en el documento de solicitud.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesVerificación de Datos de Identidad
Consulta de Datos de Identidad
Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
- En el caso de personas menores de 18 años y personas mayores con medida de apoyo para el ejercicio de su capacidad con facultades representativas para este ámbito, la firma de la solicitud será la del representante (representante legal, guardador de hecho o padre/madre/tutor).
- El reconocimiento de grado de discapacidad, se entenderá producido desde la fecha de registro de la solicitud en las oficinas de registro establecidas.
- Se podrá instar revisión de grado cuando hayan transcurrido como mínimo dos años desde la fecha en que se dictó la correspondiente Resolución. Excepcionalmente este plazo puede reducirse siempre que se acredite la existencia de cambios sustanciales, permanentes y determinantes en el estado de salud o bien se acredite error diagnóstico.
- Las competencias del reconocimiento de grado de discapacidad, las tienen atribuidas en la Comunidad Autónoma de Aragón las Direcciones Provinciales del IASS, a través de los Centros de Atención a la Discapacidad. Si la persona interesada con nacionalidad española residiese fuera del territorio español, la competencia corresponderá a la Dirección Provincial del IASS correspondiente en función del último domicilio de empadronamiento en la comunidad autónoma.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza. Mayores de 18 años (cadzaragoza@aragon.es): 976 529 950
- Teléfono. Zaragoza. Menores de 18 años (catizaragoza@aragon.es): 976 715 666
- Teléfono. Huesca (cbhuesca@aragon.es): 974 225 650
- Teléfono. Teruel (cbteruel@aragon.es): 978 641 232
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Normativa
Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
Orden de 13 de noviembre de 2009 del Departamento de Servicios Sociales y Familia, por la que se crea la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
En plazo permanente
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