Dependencia

Trámite 732

En plazo permanente

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En plazo permanente

Detalles del trámite

INICIE LA SOLICITUD SI EN EL SIMULADOR SE INDICA "PODRIAS OBTENER EL RECONOCIMIENTO DE DEPENDENCIA" que encontrará en "Enlaces y documentos con información adicional".

Pasos a seguir:

1. Cita con la trabajadora social:

- Si reside en Zaragoza ciudad, llame a la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, teléfono 976 701 705.

- Si reside en otro municipio de Aragón, llame al Centro Comarcal o Municipal de Servicios Sociales de la localidad donde reside. Los teléfonos están disponibles en el apartado Documentos y enlaces de interés.

2. Entrevista donde le orientarán de las prestaciones más idóneas para usted y elaborarán la solicitud. Es muy importante que ese día lleve toda la documentación que le digan. La resolución será más rápida.

3. Valoración: recibirá una llamada del IASS para concretar fecha y hora de la valoración. Se realizará en su domicilio habitual donde usted esté residiendo.

4. Dependencia y prestaciones: sin necesidad de realizar ningún otro trámite recibirá en su domicilio el documento que le acredita como persona en situación de dependencia, el grado obtenido y los servicios y prestaciones económicas que se le reconoce.


Dirigido a

  • La persona en situación de dependencia
  • El padre o la madre en el caso de menores de edad
  • El tutor legal y guardador de hecho

Requisitos

  • Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos. Grado I. Dependencia moderada. Grado II. Dependencia severa. Grado III. Gran dependencia.
  • Para las personas menores de 3 años se estará a lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
  • Estar empadronado y tener residencia efectiva en un municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Además deberá haber residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Para las personas menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
  • Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, o norma que la sustituya, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. Para las personas menores que carezcan de la nacionalidad española se estará a lo dispuesto en la legislación reguladora de los derechos del menor, tanto estatal como autonómica, así como en los tratados internacionales.
  • Las personas emigrantes retornadas podrán acceder a las prestaciones asistenciales con igual contenido y extensión que las prestaciones reguladas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, aun cuando no cumplan el requisito de los periodos de residencia en territorio español contemplados en el apartado 1.c).

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Presencial - Pasos a seguir

Resolución

6 meses. En los procedimientos de reconocimiento de la situación de dependencia correspondientes a personas menores de tres años, el plazo máximo de Resolución será de un mes, a contar desde la recepción de la solicitud en el registro.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Preferencias de la persona solicitante

    No se requiere ninguna documentación al respecto.

    La persona solicitante manifestará sus preferencias de acceso a los distintos servicios y prestaciones a su trabajadora social de su ayuntamiento o comarca o de la Dirección Provincial del IASS en el caso de la ciudad de Zaragoza. La trabajadora social realizará una valoración técnica y, si lo estima, podrá validar dichas preferencias en su informe social.

  • 2. Compromisos y obligaciones asumidas

    No se requiere ninguna documentación al respecto.

    Como persona beneficiaria del sistema de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia se compromete a: Facilitar el acceso al lugar de residencia para el desarrollo de las tareas de valoración y, en su caso, el seguimiento y control de la prestación correspondiente; destinar la prestación económica reconocida a su finalidad y poner en conocimiento de la Dirección Provincial del IASS correspondiente cualquier cambio en las condiciones que han motivado el reconocimiento del derecho a la prestación o servicios contenido en el Programa Individual de atención aprobado, obligaciones cuyo incumplimiento puede conllevar la extinción de la prestación.

  • 4. Anexo II. Informe de salud.

    No se presentará el Informe de Salud cuando se haya autorizado expresamente la consulta de la historia clínica de Salud a través del Anexo de autorización para la consulta de datos y firma de la solicitud.

    Solo en caso de personas beneficiarias de un Servicio Privado de Salud (MUFACE, Asisa, Sanitas...) se presentará Informe de salud según modelo oficial cumplimentado por el personal médico y firmado por la entidad privada, así como fotocopia por ambas caras de la tarjeta sanitaria de la entidad correspondiente.

  • 5. Anexo III. Declaración persona cuidadora.

    Este documento será obligatorio presentar si la persona tiene entre sus preferencias la prestación económica de cuidados en el entorno laboral o la prestación económica de colaboración con la persona cuidadora no profesional.

  • 8. Anexo VI. Informe social.

    Será cumplimentado por la trabajadora social del servicio público correspondiente.

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Consulta de Datos de Identidad

    Acreditación de la identidad

  • Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal

    Acreditación residencia

  • Consulta de nivel de renta intermediado

    Renta

  • Consulta de datos catastrales

    Catastro

  • Prestaciones Públicas del RPSP e Incapacidad Temporal, Maternidad y Paternidad

    Prestaciones Públicas de la Seguridad Social

  • Situación Laboral en Fecha Concreta

    Situación laboral

  • Consulta de Situación Actual de Prestaciones por Desempleo

    Prestaciones por Desempleo

  • Consulta de Discapacidad nuevo

    Discapacidad


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Podrá solicitar REVISION DE GRADO transcurridos dos años desde la última resolución o, si durante ese plazo, se producen cambios importantes en su situación de dependencia y autonomía personal.

Si necesita realizar cambios en el tipo de servicio o prestación que desea recibir, como un cambio de centro o de persona cuidadora, debería solicitar una REVISION de su PROGRAMA INDIVIDUAL DE ATENCION.

Recuerde que no es necesario revisar su grado, es independiente.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Normativa

Normativa aplicable a este trámite.

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Ayuda a la tramitación electrónica

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