ERTES de fuerza mayor (COVID) - Solicitud de constatación
N°2333
Desde el 27 de junio, con motivo de la publicación en el BOE del RD 24/20, no pueden presentarse expedientes en base al artículo 22 del RD Ley 8/2020.
Dirigido a
- Empresas
- personas trabajadoras
Requisitos
- Causa de fuerza mayor derivada del estado de alarma debido al COVID-19.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Representación
Acreditación de representación legal.
Informe de pérdida de actividad
Informe relativo a la vinculación de la pérdida de actividad como consecuencia del COVID-19.
Documentación acreditativa
Los medios de prueba que estime necesarios.
Documento de comunicación a los representantes de los trabajadores
Comunicación a los representantes de los trabajadores de la documentación anterior, y de no existir, comunicación de la existencia de la solicitud a los trabajadores.
Decisión empresarial
Posteriormente a serle notificada la resolución aprobatoria de constatación de la existencia de la fuerza mayor, deberá presentar la decisión empresarial, y en su caso, el calendario de aplicación de las medidas.
Solicitud
Modelo oficial de solicitud de constatación de la existencia de fuerza mayor en los procedimientos de regulación de empleo.
Anexo
Relación de trabajadores afectados con datos personales y laborales.
Anexo relación de trabajadores afectados
Descargar modelo Anexo relación de trabajadores afectados
Información adicional
Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.
Documentos y enlaces de interés
- Más información del procedimiento de regulación de empleo por estado de alarma
- Más información sobre regulación de empleo en Aragón
- Si quiere iniciar un ERTE que no sea de fuerza mayor sino por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, este es el tramite adecuado
- Información sobre ampliación de plazos máximos de resolución y notificación
- Consulte nº de expediente ERTE. El número de expediente ERTE se deberá comunicar al Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) para tramitar las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados
- Si quiere solicitar la renuncia total al ERTE de fuerza mayor ya presentado:
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. ZARAGOZA-976 71 57 20; HUESCA- 974 29 30 17; TERUEL-978 64 11 82
- Correo electrónico. rrll.trabajo@aragon.es
- Presencial. ZARAGOZA-Paseo Fernando el Católico, 63-65, C.P.50006; HUESCA-Ricardo del Arco,6,2ª planta, C.P. 22071; TERUEL-C/San Francisco, 1, 1ª planta, C.P. 44001
- Presencial. Horario oficina de 9 a 14 horas
- Otros canales. Horario teléfono de 9 a 14 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. Lunes, martes y jueves de 7:30 a 17:30 h, miércoles de 7:30 a 18:30 y los viernes de 7:30 a 16:00 h.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, AUTÓNOMOS Y ECONOMÍA SOCIAL
Normativa
Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 01/06/2020 al 27/06/2020
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Ampliación del plazo máximo de resolución y notifcación del procedimiento
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
En plazo permanente
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