Laboral preceptiva, previa a la jurisdicción social
En plazo permanente
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
procedure.content
Menú
En plazo permanente
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, cualquier persona trabajadora podrá pedir a la autoridad competente un acto de conciliación laboral para intentar solucionar las discrepancias que mantiene con el empresario. En esta conciliación se podrán tratar desacuerdos en despidos, salarios, sanciones disciplinarias u otros actos. El intento de conciliación es un requisito previo a la demanda en la Jurisdicción Social.
Dirigido a
- Trabajadores/as, empresas y sindicatos. Cualquier persona que quiera presentar una demanda ante la jurisdicción social, salvo los supuestos exceptuados expresamente por la ley
Requisitos
- En la solicitud de conciliación (conocida también como “papeleta de conciliación”) se indicarán:
- Los datos de quien la presente y de las partes demandante y demandada/s, señalando su domicilio completo para enviar citación.
- Los datos laborales, contrato, antigüedad, salario y demás remuneraciones, con especial referencia a la que, en su caso, sea objeto de reclamación.
- Enumeración los hechos y la pretensión, indicando la cuantía económica si se reclama una cantidad.
- Si se trata de reclamación por despido, se hará constar la fecha de éste y los motivos alegados por la Empresa.
- En la solicitud de conciliación se indicarán los datos de la persona demandante; de las demandadas, señalando su domicilio; los hechos y la pretensión.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
Se solicita la celebración de un acto de conciliación, por lo que la resolución consiste en la citación a las partes para que se celebre dicha conciliación. A los 15 días hábiles de presentada la solicitud sin que se haya celebrado la conciliación se reanudará el cómputo del plazo de caducidad para presentar la demanda en el juzgado. Transcurridos 30 días sin celebrarse la conciliación se tendrá por terminado el procedimiento y cumplido el trámite.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Papeleta de solicitud de conciliación
Papeleta de solicitud de conciliación rellenada y firmada por la persona solicitante. En caso de presentarse presencialmente deberá aportar 3 copias + 1 copia más por cada parte demandada adicional de la demanda y toda la documentación que la acompañe. El modelo de solicitud de conciliación está disponible en la opción de "Descargar Formularios".
-
2. Documentación acreditativa de la representación
En caso de que el solicitante designe representante legal, puede indicarlo en la misma solicitud y aportar documentación acreditativa de la representación.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Presentación de la solicitud
- Si la solicitud de conciliación se presenta mediante representante legal (abogado/a, procurador/a, graduado social, sindicato, persona jurídica, etc.), se presentará la solicitud telemáticamente mediante la opción "Iniciar trámite online". Una vez presentada la solicitud descargará un justificante oficial del registro y recibirá la citación para el acto de conciliación a través del Servicio de Notificaciones Electrónicas del Gobierno de Aragón.
- Si la solicitud de conciliación la presenta la persona por sí misma, sin representante legal, podrá presentarla telemáticamente, si dispone de certificado digital o Cl@ve mediante la opción "Iniciar trámite online". Sin identidad digital podrás llevar a cabo todo el proceso de tramitación, salvo el último paso de la firma de los documentos a entregar, podrás imprimirlo y presentarlo de forma presencial acudiendo a:
+ Oficinas de las Subdirecciones Provinciales de Trabajo sin cita previa.
+ Oficinas de Información y Registro, previa solicitud de cita previa.
- La asistencia al acto de conciliación es obligatoria para los/as litigantes. El Acto de Conciliación se celebrará en la Subdirección Provincial de Trabajo.
Una vez recibida la solicitud, la Administración citará a las partes al Acto de Conciliación mediante notificación electrónica o notificación administrativa con acuse de recibo.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Se solicita la celebración de un acto de conciliación, por lo que la resolución consiste en la citación a las partes para que se celebre dicha conciliación. A los 15 días hábiles de presentada la solicitud sin que se haya celebrado la conciliación se reanudará el cómputo del plazo de caducidad para presentar la demanda en el juzgado. Transcurridos 30 días sin celebrarse la conciliación se tendrá por terminado el procedimiento y cumplido el trámite.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Zaragoza. De 9 a 14 horas. 976 715 946
Correo electrónico. Zaragoza. conciliacionyrepresentacion@aragon.es
Presencial. De 9 a 14 horas. Zaragoza. Pº Fernando el Católico, 63-65. 50006
Teléfono. Huesca. De 9 a 14 horas. 974 293 017
Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
Presencial. De 9 a 14 horas. Huesca. Ricardo del Arco, 6, 2 planta. 22071
Teléfono. Teruel. De 9 a 14 horas. 978 641 182
Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
Presencial. De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco, 1, 1 planta. 44001
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
-
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Artículo 63 y siguientes
-
Real Decreto 2756/1979, de 23 de noviembre, por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación asume parte de las funciones que tiene encomendadas
-
Real Decreto-ley 5/1979, de 26 de enero, sobre creación del Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.