Autorización de aprovechamientos maderables o leñosos en montes no gestionados por el Gobierno de Aragón - Plan de aprovechamiento simplificado
N° 378
A través de este trámite, las personas titulares de fincas podrán solicitar la autorización necesaria para los aprovechamientos maderables o leñosos de especies forestales de crecimiento lento en montes no gestionados por el Gobierno de Aragón.
Este trámite gestiona las acciones dentro del Plan de Aprovechamiento Simplificado.
Subtipología 52B del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Titulares de fincas o autorizados que deseen realizar aprovechamientos maderables o leñosos.
Requisitos
- Ser titular de la finca o contar con la autorización de la persona propietaria.
- Modelo de Plan de Aprovechamiento a emplear cuando la superficie de corta sea igual o inferior a 25 Ha. y la cuantía del aprovechamiento sea igual o inferior a 300 metros cúbicos con corteza de maderas e igual o inferior a 600 estéreos de leñas.
Pago de tasas
Acorde a la Ley 7/2021, de 7 de octubre, de modificación del Texto Refundido de las Tasas de la CC AA de Aragón, este trámite requiere la AUTOLIQUIDACION y PAGO de la Tasa 17 por servicios facultativos y administrativos en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias.
1º Generar y descargar documento de autoliquidación (desde enlace)
2º Pagar tasa: tarjeta, domiciliación, efectivo
Tarifa 17 a). Por la autorización de los aprovechamientos maderables o leñosos de especies forestales en montes no gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Aprovechamiento general. Cuota según escala de gravamen.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaInformación adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 026
- Correo electrónico. inaga.area1@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
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Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE GESTIÓN AMBIENTAL
Normativa
Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por que se aprueba el Reglamento de Montes
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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