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Tipología INAGA 45. Permuta parcial, prevalencia y concurrencia de demanialidad en montes de utilidad pública
Trámite de prevalencia y concurrencia de demanialidad en montes del catálogo de utilidad pública en la Comunidad Autónoma de Aragón.
NOTA: El procedimiento (368) Permuta parcial en montes de utilidad pública se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
Presentación de solicitudes
Subtipología INAGA 45B. (Procedimiento 369). Prevalencia y concurrencia de demanialidad en montes de utilidad pública
(Trámites). Procedimiento INAGA 45B - Prevalencia en montes de utilidad pública
Información específica del procedimiento administrativo
Denominación
Prevalencia y concurrencia de demanialidad en montes del catálogo de utilidad pública.
Descripción
Son procedimientos de carácter patrimonial en donde se modifica la titularidad y usos de los montes de utilidad pública afectados.
Son demaniales las propiedades administrativas afectas a la utilidad pública y que, como consecuencia de esta afectación, resultan sometidas a un régimen especial de utilización y protección. Los bienes demaniales son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
Prevalencia y concurrencia de demanialidad
Trámite administrativo destinado a establecer la demanialidad que prevalece en un monte catalogado y que se encuentra afectado por otra declaración de demanialidad distinta de la forestal. Por ello debe determinarse qué declaración de utilidad pública debe prevalecer o si ambas declaraciones pueden concurrir simultáneamente en la gestión.
Por tanto, sobre el mismo espacio declarado como monte de utilidad pública, debe existir una actuación declarada de interés general o de utilidad pública y que motiva la prevalencia. De esta forma, en la tramitación del procedimiento se debe justificar la prevalencia de dicho uso demanial y su titularidad, sobre el dominio público forestal.
Las solicitudes deben formularse por las Administraciones públicas titulares de un uso demanial que se presuma prevalente o concurrente sobre el dominio público forestal.
Requisitos de los solicitantes
Es necesario contar con la conformidad de la entidad propietaria del monte y disponer de derechos prevalentes o concurrentes.
Tasas
Sin tasa.
Observaciones
El procedimiento de prevalencia de demanialidad se encuentra regulado en el artículo 18 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón (BOA número 124, de 30/06/2017).
La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.
- Plazo: 5 meses.
- Régimen intervención administrativa: previo.
- Efecto del silencio: negativo.
Normativa reguladora
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE número 280, de 22/11/2003)
Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE número 102, de 29/04/2006)
Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes (BOE número 61, de 12/03/1962)
Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón (BOA número 124, de 30/06/2017)
Acceso a la relación completa de normativa que afecta a estos trámites INASEI. Tramitación Electrónica de Solicitudes INAGA.
Ayuda para cumplimentar los formularios
Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:
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Anexo I. Datos básicos del monte y de las parcelas objeto de prevalencia
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Copia del Acto que establece la declaración de demanialidad que pretende la prevalencia
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Memoria justificativa de la prevalencia del uso demanial
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Fichero normalizado con cartografía digital:
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Plano de situación a escala 1:50.000 o escala 1:25.000 y plano de detalle de las superficies objeto de prevalencia
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Plano de planta en formato digital georreferenciado en coordenadas U.T.M. referidas al Huso 30 ETRS89
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Otros documentos (Declaración de Impacto Ambiental o innecesariedad, Declaración de la utilidad pública y la demanialidad, etc.)
Contacto
Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Permuta parcial, prevalencia y concurrencia de demanialidad en montes del catálogo de utilidad pública, en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:
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Atención por correo electrónico: inaga.area1@aragon.es
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Atención telefónica: 976 716 026
Acceso a datos y estadísticas del trámite
Cartografía
Estadísticas de tramitación
Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 45B tramitados en INAGA (xlsx 30kb)
Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 45B en INAGA (xlsx 41kb)
Última actualización: 17/01/2024
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