Estructura y composición

Estructura orgánica de la Agencia Aragonesa de Seguridad Alimentaria (AASA).

Estructura de la AASA

Presidencia

Le corresponde coordinar la actuación de las diversas Comisiones y garantizar el adecuado funcionamiento de la Agencia. En particular son atribuciones suyas: presidir las Comisiones, distribuir los asuntos a tratar, dirimir con su voto los empates que puedan suscitarse y cualquier otra que se le encomiende en el Decreto de formación de la Agencia, en su Reglamento de Régimen Interior o en otras disposiciones.

Comisión permanente

Encargada de elaborar, proponer y aprobar procedimientos para la coordinación de las actuaciones de los órganos de la Administración autonómica responsables de la gestión en materia alimentaria.

Comisión científica

Su cometido sustancial es la emisión de dictámenes científicos y la evaluación de riesgos, mediante el uso de criterios de rigor científico, pruebas objetivas, excelencia de los procedimientos, transparencia e independencia; asimismo tiene, entre sus funciones, el orientar el ámbito de los trabajos de investigación que se desarrollen en materia de seguridad alimentaria.

Esta Comisión la constituyen miembros de reconocida competencia científica en áreas vinculadas con la seguridad de los alimentos: Nutrición Humana; Fitosanitarios y Zoosanitarios. Residuos; Toxicología Alimentaria y Farmacología; Procesos Tecnológicos Alimentarios; Inmunología y Alergología; Microbiología, Virología, Parasitología y Zoonosis Alimentarias e Higiene Alimentaria.

Comisión consultiva

Se constituye como lugar de encuentro y reflexión de todos los sectores sociales y económicos que pueden verse afectados por la seguridad alimentaria, a quienes mantendrá adecuadamente informados de sus actividades, siendo también vehículo receptor de las demandas e inquietudes que éstos tengan.

Tiene las siguientes funciones:

  • Asesorar científica y técnicamente en todas las cuestiones que tengan una incidencia directa o indirecta en la seguridad alimentaria.
  • Participar en el análisis de los riesgos alimentarios mediante su evaluación.
  • Elaborar dictámenes científicos e información en general, rigurosos y contrastados.
  • Proponer procedimientos de coordinación.
  • Promover acciones informativas destinadas a los consumidores y otros colectivos afectados, con el fin de dar a conocer la naturaleza de los riesgos, y  las medidas que se adopten para prevenir, reducir y eliminar los riesgos.
  • Emitir informe sobre los proyectos y planes de control.
  • Proponer el desarrollo de métodos uniformes de determinación de riesgos.
  • Actuar en el ámbito autonómico como centro de referencia en la evaluación de riesgos.

Última actualización: 29/05/2025

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