Alta en el Registro de entidades, centros y servicios sociales

Trámite 710

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las entidades de servicios sociales, que realicen actividades, programas o presten servicios sociales (no vinculados a centros) y que estén ubicadas o desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán solicitar la inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.


Dirigido a

  • Entidades de servicios sociales (personas físicas o jurídicas)

Requisitos

  • Dedicarse a la realización de actividades, prestaciones y programas de servicios sociales

Pago de tasas

Tasa 21. mod. 421, tarifa 02.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Memoria

    Memoria descriptiva que deberá incluir, al menos: objetivos que se pretenden conseguir, actividades e indicación de las localidades donde se prestan o prestarán dichos servicios, presupuesto del año en curso (ingresos y gastos, fuentes de financiación y plan económico) y duración de las actividades. Este documento debe ir firmado por el representante de la entidad.

  • 2. Declaración de interés social

    Documento acreditativo de la declaración de interés social.

  • 3. Declaración responsable.

    Declaración responsable suscrita por la persona que ostente la representación en los siguientes términos:

    La actividad que se va a desarrollar tiene por objeto la realización de actividades, programas que se encuadran en el ámbito de los servicios sociales, con voluntad de permanencia.

    El compromiso de la entidad de acción social de comunicar el cese de la actividad y la extinción de la personalidad jurídica para que se proceda a la cancelación de la inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, así como cualquier modificación de datos de información básica.

    El compromiso de la entidad de acción social a facilitar la información que se le pudiera solicitar acerca de la puesta en marcha y funcionamiento de la actividad.

  • 4. Pago de tasas

    Justificante del pago de la tasa 21, modelo 421, tarifa 02, Inscripción de entidades de acción social y de servicios sociales comunitarios.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Documento de identidad

    Tanto del solicitante como del representante

  • Cédula de Identificación Fiscal


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

1. El plazo de resolución de 3 meses y el silencio positivo entrarán en vigor para los procesos iniciados a partir del 28 de agosto de 2022.

2. Recursos: agotada la vía administrativa, contra la resolución que resuelva el recurso de alzada cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

3. La inscripción registral de la entidad sin vinculación a centro no comporta la concesión de autorización de funcionamiento de un centro donde pudiera pretenderse prestar un servicio, de acuerdo a la tipología prevista en el Anexo I del Decreto 111/1992, de 26 de mayo. A este respecto, la entidad de servicios sociales habrá de obtener la correspondiente autorización administrativa, so pena de incurrirse en la comisión de una infracción administrativa de las previstas en el artículo 92.g) o 93.f) de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.

4. Si la entidad de servicios sociales dispone de declaración de interés social deberá aportar el documento que lo acredite.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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