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Impuestos medioambientales - Instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión

N°2005

A través de este trámite, las personas obligadas podrán, de manera telemática, realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Obligados tributarios y/o sus representantes.
  • Será responsable solidario del pago del impuesto el propietario de las instalaciones que generen el hecho imponible cuando no coincidan con quienes las exploten.

Requisitos

  • Son sujetos pasivos del impuesto, en calidad de contribuyentes:
    • Quienes al realizar las actividades las actividades de transporte de energía eléctrica para el suministro a través de elementos fijos de alta tensión, causan un daño medioambiental por generación de afecciones e impactos ambientales y visuales en el entorno natural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Se considera que las instalaciones en desuso o que no hayan entrado en funcionamiento también producen el daño medioambiental.

Documentación

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En caso de actuar con representante

  • Modelo de representación para las actuaciones y procedimientos tributarios

    En el supuesto de actuar con representante deberá acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, siendo válidos a estos efectos los documentos normalizados que apruebe la Administración tributaria (artículo 45 y ss de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).

    Descargar modelo Modelo de representación para las actuaciones y procedimientos tributarios

Información adicional

El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y el periodo impositivo coincidirá, salvo excepciones, con el año natural.

Los plazos para realizar los pagos fraccionados del impuesto serán entre los días 1 y 20 de los meses siguientes:

  • 1º Pago fraccionado: abril
  • 2º Pago fraccionado: julio
  • 3º Pago fraccionado: octubre
  • Autoliquidación anual: enero

El importe de cada pago fraccionado será del 30% de la cuota devengada que corresponda ingresar por la totalidad del impuesto considerando la situación de los establecimientos el primer día de cada período impositivo.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

Contacto y ayuda

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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