Volver a Gestión del derecho de admisión

Gestión del derecho de admisión - Aprobación y visado de las condiciones particulares de admisión en espectáculos públicos actividades recreativas y establecimientos públicos

N°1329

A través de este trámite, los titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos podrán solicitar la aprobación y visado de condiciones, instrucciones y reglas específicas de admisión y permanencia en los mismos.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos que pretendan establecer condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia.

Requisitos

  • Ser titular de un espectáculo público, actividad recreativa o establecimiento público que pretenda establecer condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia.
  • Las condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia habrán de contar con un fundamento razonable y respetar los derechos de los consumidores y usuarios fundamentalmente en lo relativo a la introducción de cláusulas abusivas.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud según modelo

  • Copia del cartel

    Donde se indiquen las condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia que se pretenden autorizar y visar.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Las condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia, que hayan sido debidamente aprobadas y visadas, deberán figurar en un cartel perfectamente legible, de un tamaño mínimo de 20 centímetros de alto por 30 centímetros de ancho, que deberá estar colocado en un lugar fácilmente visible desde la entrada.

Cualquier modificación de las condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia habrá de observar nuevamente el procedimiento de visado.

En los locales y recintos cuyo acceso requiera la previa adquisición de una entrada o localidad, el cartel a que se refiere el apartado anterior se colocará también en un sitio visible y legible junto a las taquillas o lugar de expedición de aquéllas. Cuando la venta de entradas se realice a través de medios telemáticos, se habilitará en la web correspondiente un apartado que permita visualizar con claridad y facilidad las condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia.

La autorización y visado se realizará por las Delegaciones Territoriales del Gobierno de Aragón en Huesca y Teruel respecto de las solicitudes referidas a espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos radicados en su respectiva provincia.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

Consultar documentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

1 mes. Transcurrido el cual sin haberse notificado resolución expresa, el interesado podrá dar publicidad a las correspondientes condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanen...

Ver más

¿Cómo realizar este trámite?

Ver el vídeo

Trámites relacionados

Personal de admisión

En plazo permanente

¿Te ha resultado útil esta página?

Ayúdanos a mejorar la página de trámites del Gobierno de Aragón

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web