Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

Trámite 2396

Fuera de plazo - Del 05/09/2020 al 06/09/2021

El plazo de presentación terminó el 06 septiembre 2021

Consultar trámite

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Fuera de plazo - Del 05/09/2020 al 06/09/2021

El plazo de presentación terminó el 06 septiembre 2021

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Detalles del trámite

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de ayudas del programa Moves II.

Estas ayudas, están destinadas a la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Estas subvenciones, buscan apoyar la movilidad, basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso de las energías alternativas.


Dirigido a

  • Profesionales autónomos
  • Personas físicas
  • Comunidades de propietarios
  • Personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
  • Sector público que comprende, la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional, integrado por cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades públicas.

Requisitos

  • La infraestructura de recarga podrá estar destinada a los siguientes usos:
    • Uso privado en sector residencial.
    • Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
    • Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.
    • Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.
    • Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos y empresas.
    • Uso público en red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolineras.
    • Recarga de oportunidad de autobuses mediante pantógrafo.
  • Se establece para esta actuación un límite de ayudas de 100.000 euros por destinatario último y convocatoria

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 05/09/2020 a las 00:00 h

Fin: 06/09/2021 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial - Pasos a seguir
  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 2. Documento acreditativo de representación.

  • 3. Certificado de alta en censo empresarios

    Si se trata de profesionales autónomos, además deberá aportarse certificado de alta en el Censo de Empresarios, o el certificado de situación censal.

  • 4. Documento acreditativo de adscripción

    A la Administración del Estado, Comunidad Autónoma o Local.

  • 5. Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Documento de identidad

  • Resolución de reconocimiento de la discapacidad

  • Certificados corriente de pago

    Ante Seguridad Social, AEAT y Administración Tributaria de Aragón.


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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Más información

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