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Disciplina urbanística - Denuncia urbanística

N°9185

A través de este trámite pondrán poner en conocimiento una actuación presuntamente irregular o contraria al ordenamiento urbanístico que dará lugar a la apertura de un procedimiento informativo disciplinario, el cual también puede abrirse de oficio como consecuencia de una inspección efectuada por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Este procedimiento tiene por objeto detectar supuestos de incumplimiento mediante la realización de todas las actuaciones, consultas e inspecciones necesarias y, a partir de ahí, si se considerara necesario, reaccionar mediante la adopción de las medidas de disciplina urbanística que pudieran proceder: medidas cautelares, de protección de la legalidad urbanística y/o sancionadoras.

Está destinado a particulares (persona física o jurídica) o a la Administración Pública.

Constituyen infracciones urbanísticas las previstas como tales en el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 1 de julio, del Gobierno de Aragón. Se clasifican en leves, graves y muy graves.

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  • Ciudadanos
  • Empresas y organizaciones
  • Administraciones Públicas

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Telemática

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  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

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  • Teléfono. Horario de 9:00 a 14:00 horas. 976 713 255
  • Correo electrónico. disciplinaurbanistica@aragon.es
  • Presencial. Horario de 9:00 a 14:00 horas. Avda. Ranillas. 3A. Planta 2ª. Oficina J. 50018 Zaragoza.

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Resolución

Este procedimiento no está sujeto a plazo, sin perjuicio del plazo de prescripción de la posible infracción.

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