Ayudas a la producción audiovisual para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual - Convocatoria 2025
N° 11056
A través de este trámite podrá solicitar ayuda para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual:
- Modalidad a): Cortometrajes con una duración menor de 30 minutos, realizados por un director novel (empresario individual) o por una productora con menos de dos años de antigüedad, ambos con domicilio social en Aragón y que no hayan registrado anteriormente ninguna producción audiovisual en algún depósito legal.
- Modalidad b): Cortometrajes con una duración menor de 30 minutos, realizados por empresas del sector audiovisual con domicilio social en Aragón, tanto empresario individual que con anterioridad a la finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria haya realizado y registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal, como empresa productora con más de dos años de antigüedad o que haya registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal.
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Requisitos
- Empresas con domicilio social en Aragón
- Empresas que estén dadas de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 961 (empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma).
Documentación
Presentar en todos los casos:
Certificado de la AEAT
Certificado actualizado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la situación en el Censo de Actividades Económicas y en el que conste el alta en el epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma. No se admitirán los certificados expedidos con anterioridad al inicio de plazo de presentación de solicitudes.
Plan de trabajo
Plan de trabajo con indicación de los periodos y fechas de desarrollo de guion, búsqueda de localizaciones, trámites de producción, ensayos, rodajes, proceso de animación, trabajos de postproducción, y otros trabajos que se consideren necesarios, debiendo indicar en qué localidad se realiza cada tarea y especificando los días que se dedican a cada una de ellas.
Descargar modelo Plan de trabajoPresupuesto de gastos del proyecto
Presupuesto desglosado por partidas, calculado sin IVA. Si el solicitante incluye gastos generales de la empresa (alquiler de oficina, teléfono, luz, agua, limpieza y gestoría), el porcentaje máximo a imputar sobre los costes directos del presupuesto presentado será del 10%.
Plan de financiación
Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación donde se indiquen las aportaciones del solicitante y los ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto.
Descargar modelo Plan de financiaciónSinopsis argumental
Sinopsis argumental.
Guion literario
Guion literario.
Plan de difusión
Plan de difusión del proyecto a subvencionar.
Relación de medios técnicos.
Relación de los medios técnicos materiales y descripción detallada de los mismos, indicando su aplicación al desarrollo del proyecto de forma que pueda evaluarse su contribución al grado de ejecución.
Memoria descriptiva del proyecto
Memoria descriptiva de la actividad subvencionada que explique detalladamente el proyecto para el que se solicita la subvención, especificando para que modalidad se presenta.
En las dos modalidades contendrá al menos: Curriculum vitae de los puestos de Director/realizador, Productor Ejecutivo, Director de fotografía/responsable de iluminación, Director de Producción, Director de Arte, Jefe de Sonido, Guionista, Jefe de localizaciones, Responsable de casting, Vestuario, Maquillaje, Peluquería, Ingeniero de sonido, Compositor, Montador, Postproductor, Responsable de VFX, actores y actrices.
Si la producción es de animación los puestos de los que se debe aportar el curriculum vitae son Director, Productor ejecutivo, Productor, Guionistas, Compositor música, Diseño sonido, Diseño de arte, Diseño animación. Responsable de animación, Voces en off, Postproductor y Montaje.
Asimismo, en la memoria descriptiva del proyecto se detallarán las localizaciones.
Autorización para la verificación de los datos de residencia
Se deberá aportar una autorización por cada uno de los técnicos o artistas que participan en el proyecto y que residen en Aragón.
Descargar modelo Autorización para la verificación de los datos de residenciaAutorización para la verificación de la provincia de nacimiento
Deberás aportar una autorización por cada uno de los técnicos o artistas que hayan nacido en Aragón y participen en el proyecto.
Descargar modelo Autorización para la verificación de la provincia de nacimientoRelación de documentación
Relación de documentación ya presentada ante el órgano concedente de la subvención
Descargar modelo Relación de documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si presentas solicitud para la modalidad b)
Historial profesional de la empresa
Descargar modelo Historial profesional de la empresaHistorial profesional del director o directora
Descargar modelo Historial profesional del director o directoraHistorial profesional del productor o productora
Descargar modelo Historial profesional del productor o productora
Información adicional
La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 1.000 € en ninguna de las dos modalidades.
La cuantía máxima de la subvención no será superior a 7.000 € en la modalidad a) y a 10.000 € en la modalidad b).
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos generados por la propia actividad, así como otros ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el 80% del coste de la actividad subvencionada.
Estas ayudas quedan sometidas al régimen de mínimis.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 932
- Correo electrónico. rmaragones@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Normativa
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura
Decreto Legislativo 2/2023, de 2 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Orden ECD/1803/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
Orden ECD/126/2025, de 27 de enero, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.