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Ayudas a la producción audiovisual para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual - Convocatoria 2022

N°478

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas para la realización cortometrajes de ficción, documentales o de animación, cuya duración sea inferior a 30 minutos.

Están dirigidas a empresas del sector audiovisual, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Plazo de presentación

Del 19/10/2022 al 02/11/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • Empresas del sector audiovisual con domicilio en Aragón
  • Empresas que estén dadas de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 961 (empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma).

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de la AEAT

    Certificado actualizado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la situación en el Censo de Actividades Económicas y en el que conste el alta en el epígrafe

    961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados

    con la misma, no siendo válidos los certificados expedidos con anterioridad al

    plazo de presentación de solicitudes.

  • Sinopsis argumental

    Sinopsis argumental.

  • Guion literario

    Guion literario.

  • Relación de medios técnicos.

    Relación de medios técnicos que van a ser utilizados para la ejecución del proyecto.

  • Plan de trabajo

    Plan de trabajo, con indicación de los periodos y fechas de preparación de guion, búsqueda de localizaciones, trámites de producción, ensayos, rodajes, proceso de animación, trabajos de postproducción, y otros trabajos que se consideren necesarios, debiendo indicar en qué localidad se realiza cada tarea y especificando los días que se dedican a cada una de ellas.

  • Presupuesto desglosado por partidas

    Presupuesto desglosado por partidas, calculado sin IVA. Si el proyecto es una coproducción se presentará también el de la coproductora. El presupuesto presentado debe estar formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado vigesimoprimero de la convocatoria, en las condiciones establecidas en dicho apartado y ajustarse el modelo disponible en sede electrónica, sin que el importe de los gastos generales supere el 10% del presupuesto de los costes directos del proyecto.

    Descargar modelo Presupuesto desglosado por partidas
  • Memoria descriptiva del proyecto

    Memoria descriptiva del proyecto detallado para el que se solicita la subvención, especificando para que modalidad se presenta, Se valorará la participación en el proyecto audiovisual del equipo técnico y artístico. Se computarán a estos efectos los siguientes puestos: Director/realizador, Productor Ejecutivo, Director de Fotografía/responsable de iluminación, Director de Producción, Director de Arte, Jefe de Sonido, Guionista, Jefe de localizaciones, Responsable de casting, Vestuario, Maquillaje, Peluquería, Ingeniero de sonido, Compositor, Montador, Postproductor, Responsable de VFX, actores y actrices. Si el proyecto es de animación se valorará la participación en el mismo de los siguientes puestos: Director, Productor ejecutivo, Productor, Guionistas, Compositor música, Diseño sonido, Diseño de arte, Diseño animación. Responsable de animación, Voces en of, Postproductor y Montaje. Se hará mención expresa de su carácter o no de nacido o empadronado en Aragón, aportando las correspondientes autorizaciones para consultar los datos o las certificaciones.

    Asimismo se detallaran las localizaciones.

  • Plan de difusión

    Plan de difusión de la obra a subvencionar.

  • Relación de documentación

    Relación de documentación ya presentada a la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón

    Descargar modelo Relación de documentación
  • Autorización consultar datos del padrón

    Descargar modelo Autorización consultar datos del padrón

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Si presentas solicitud para la modalidad b)

Declaraciones Responsables

  • - De no estar incurso en prohibición de ser beneficiario de subvenciones

    Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de benefciario de subvenciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003,

    de 17 de noviembre, General de Subvenciones (anexo I).

  • - De ayudas de minimis recibidas

    Declaración de las ayudas de minimis percibidas por el solicitante en el ejercicio fiscal actual y en los ejercicios fiscales anteriores.

  • -Que acredite el cumplimiento y la realización de la actividad

    Declaración responsable que acredite el cumplimiento y la realización de la actividad en todas las subvenciones anteriormente concedidas para el mismo destino y finalidad, aunque se trate de diferentes fases de un mismo proyecto, por la Administración de la Comunidad Autónoma, organismos autónomos y entidades de Derecho Público, fundaciones, consorcios y sociedades mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma. En caso de no haber recibido ninguna ayuda por parte de estas entidades, deberá manifestarlo en una declaración responsable.

  • - De las subvenciones concedidas o en trámite

    Declaración de las subvenciones, ingresos o ayudas, concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidades públicas o privadas, nacionales o de la Unión Europea o de organismos internacionales, relativas al mismo proyecto, indicando la cuantía y procedencia.

  • - De cumplir los requisitos exigidos en la legislación medioambiental

    Declaración responsable de que cumple la normativa medioambiental.

  • - De no haber sido sancionado por incumplir legislación en materia de género

    Declaración responsable de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.

  • - De no haber sido sancionado por incumplir legislación Orden Social

    Declaración responsable de no tener sanción vigente de la autoridad laboral competente mediante resolución administrativa firme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso de cualquier tipo de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

  • - De no haber sido sancionado por practicas contra derechos de personas LGTBI

    Declaración responsable de no haber sido sancionada por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • - De no haber apoyado actos de apoyo al golpe de Estado y la dictadura

    Declaración responsable de no haber realizado ninguno de los actos de apoyo al golpe de Estado y la dictadura, que señala el artículo 33 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Verificación de Datos de Identidad

  • Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

    Certificado de estar al corriente de pago con la TGSS

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    Certificado de la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma de Aragón de que se encuentra al corriente de pago de las obligaciones exigidas en la convocatoria.

Información adicional

La cuantía de la ayuda concedida no podrá superar:

- Modalidad A: el 80% del presupuesto presentado en la solicitud de ayuda del proyecto, hasta un máximo de 7.000 euros.

- Modalidad B: el 80% del presupuesto presentado en la solicitud de ayuda del proyecto hasta un máximo de 10.000 euros.

- En ninguna de las modalidades se podrá superar la cantidad solicitada.

La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 1.000 euros.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. 976 715 747
  • Correo electrónico. fmartinezp@aragon.es
  • Cita previa. Teléfono 976715747
  • Presencial. Servicio de Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro
  • Otros canales. Avda. Ranillas, 5D, 2ª planta
  • Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
  • Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
  • Cita previa. Horario De 9:00 a 14:00 horas

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 19/10/2022 al 02/11/2022

Fuera de plazo

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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