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Compensaciones económicas a los árbitros en relación con la inaplicación de las condiciones de trabajo de los convenios colectivos

N°1904

A través de este trámite, las personas que han sido nombradas como árbitros por el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón, una vez hayan dictado laudo en un procedimiento de inaplicación de las condiciones de trabajo de los convenios colectivos, podrán solicitar la compensación económica prevista en la Orden de 22 de diciembre de 2014, del Consejero de Economía y Empleo.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

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Dirigido a

  • Árbitros designados conforme a lo dispuesto en el articulo 27 del Decreto 112/2014 de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón

Requisitos

  • Haber sido designado árbitro conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto 112/2014 de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Laudo dictado

    Copia del laudo dictado.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

  • Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para contratación

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

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  • Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
  • Cita previa. Horario De 9:00 a 14:00 horas

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Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

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Resolución

3 meses, contados desde la fecha en que se hubiera presentado la solicitud

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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