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Consulta tus datos, notificaciones y trámites en un único espacio.
Acceder a MiACese de actividades de tratamiento de residuos peligrosos
Trámite Nº886
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
TrámiteNº886
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se puede solicitar la baja de la autorización de actividades de tratamiento de residuos peligrosos tanto para operadores como para instalaciones.
Subtipología 06D del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Operadores de residuos peligrosos que soliciten formalizar la baja o cese de la actividad.
- Instalaciones de residuos peligrosos que soliciten formalizar la baja o cese de la actividad.
Requisitos
- Realizar operaciones de tratamiento de residuos peligrosos y cesar en la actividad.
- Ser titular de instalaciones de tratamiento de residuos peligrosos y cesar en la actividad.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Otros
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
4 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Recursos y enlaces de interés
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Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Otros
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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4 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
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Preguntas frecuentes
Conceptos básicos sobre residuos
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Cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar. Los residuos se clasifican en peligrosos y no peligrosos según el Código LER asignado (Lista Europea de Residuos).
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Es un código recogido en el Anexo de la Directiva 2014/955/EU (DOUE número L370, de 30 de diciembre de 2014), que clasifica a los residuos mediante seis cifras: el primer nivel de agrupación (las dos primeras cifras) indica el tipo de actividad generadora del residuo, el segundo nivel (cuatro primeras cifras) indica el grupo de residuos producidos y el tercero (6 cifras) describe el residuo en sí.
La consideración de un residuo como peligroso se identifica con un asterisco (*) sobre el código LER.
Quién es quién en las operaciones de residuos
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Cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos.
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La persona o entidad pública o privada, registrada mediante autorización o comunicación que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.
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Las autoriza el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma dónde esté ubicada la instalación. El INAGA sólo autoriza, en consecuencia, las instalaciones ubicadas en Aragón.
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Si el operador no es el propietario de la instalación y su sede social no está en Aragón, la autorización de operador la concede la Comunidad Autónoma dónde dicho operador tenga su sede social.
Si el operador de la instalación es el propietario de la misma, la autorización la concede el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma dónde esté ubicada la instalación, siendo conjunta la Resolución de autorización de operador y de instalación.
Cómo realizar gestiones ante el INAGA
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Al iniciar el correspondiente trámite de residuos vía TTO (Tramitador Telemático Online del Gobierno de Aragón), en una pantalla dispuesta a tal efecto, se informa sobre los documentos que deben adjuntarse a la solicitud electrónica.
Para mayor información pueden consultarse los contenidos web de INAGA relativos a residuos, así como los propios trámites en la SEDE electrónica del Gobierno de Aragón
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La comunicación previa, que tendrá validez en todo el territorio nacional, deberá presentarse ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental con una antelación mínima de un mes antes del inicio de las actividades de las que se es objeto y permitirá, con carácter general, el inicio de la actividad una vez transcurrido el citado plazo desde su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas el Departamento competente en materia de medio ambiente (artículo 5, punto 2, del Decreto 133/2013 del Gobierno de Aragón, de simplificación y adaptación a la normativa vigente de procedimientos administrativos en materia de medio ambiente, BOA número 152 de 02/08/13).
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Según el Anexo I de la Ley 10/2013 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (BOA número 5 de 09/01/14), para los siguientes procedimientos: Procedimiento 06. Autorización de actividades de de tratamiento de residuos peligrosos (operadores y/o instalaciones), Procedimiento 08. Autorización de actividades de tratamiento de residuos no peligrosos (operadores y/o instalaciones) y Procedimiento 15. Autorización de centros de tratamiento de vehículos al final de su vida útil (operadores y/o instalaciones), el plazo de resolución es de 4 MESES.
Tasas de tramitación
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Las tasas se encuentran reguladas por el Texto refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus posteriores actualizaciones.
Puede consultar las tarifas vigentes en la página de la Tasa 28 por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente, así como en las páginas de las subtipologías INAGA 04, 05, 07, 69 y 70.
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Las tasas se encuentran reguladas en el Texto refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus posteriores actualizaciones.
Puede consultar las tarifas vigentes en la página de la Tasa 28 por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente, así como en las páginas de las subtipologías INAGA 06 y 08.
Registros y consulta de información pública
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Esta información está disponible en la web de Calidad Ambiental del Gobierno de Aragón. Para cualquier consulta relacionada, puede dirigirse a la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.
Seguros y garantías financieras
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Los criterios técnicos para el cálculo se establecen en la Orden de 13 de septiembre de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen los criterios técnicos para el cálculo de seguros y de garantías financieras en relación con determinadas actividades en materia de residuos. - (BOA número 198, de 7/10/2013).
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Contacto y ayuda
Teléfono. 976 716 624
Correo electrónico. inaga.area3@aragon.es
Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
Página web. Contacte con INAGA por teléfono
Página web. Atención presencial en INAGA
Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
-
Decreto 236/2005, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la producción, posesión y gestión de residuos peligrosos y del régimen jurídico del servicio público de eliminación de residuos peligrosos en la Comunidad Autónoma de Aragón
-
Corrección de errores Decreto 236/2005 de 22 de noviembre de 2005 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la producción, posesión y gestión de residuos peligrosos y del régimen jurídico del servicio público de eliminación de residuos peligrosos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Normativa general
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