Comunicación y autorización para la utilización confinada de organismos modificados genéticamente

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Detalles del trámite

A través de este trámite, aquellas personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos de la normativa vigente y quieran realizar actividades de utilización confinada, podrán realizar tanto la comunicación como la solicitud de autorización necesarias para poder llevarlas a cabo.


Dirigido a

  • Personas físicas o jurídicas que quieran utilizar por primera vez instalaciones y/o que quieran realizar actividades de utilización confinada con OMG.

Requisitos

  • Para la realización de actividades de utilización confinada y de liberación voluntaria se deben cumplir los requisitos que establece la normativa vigente.
  • Toda persona física o jurídica que pretenda realizar una actividad de utilización confinada de OMG estará obligada a:
    • Llevar un registro de la evaluación.
    • Cumplir las normas específicas de seguridad e higiene profesional y aplicar los principios y prácticas correctas de microbiología.
    • Aplicar los principios generales y las medidas de confinamiento adecuadas al riesgo de la actividad de utilización confinada.
    • Elaborar los planes de emergencia y de vigilancia de las instalaciones, cuando así se prevea.
    • Revisar periódicamente las medidas de confinamiento y de protección aplicadas
    • Realizar una evaluación previa de los posibles riesgos para la salud humana y el medio ambiente.

Pago de tasas

TASA 30. Tasa por inscripciones en el Registro de organismos modificados genéticamente.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Resolución

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Toda la información necesaria para la realización de este trámite está detallada en la Guía práctica para la comunicación de actividades de utilización confinada de organismos modificados genéticamente.

Se trata de una adaptación, para aquellas actividades competencia de la Comunidad Autónoma de Aragón, de la Guía, elaborada por la Comisión Nacional de Bioseguridad que puede consultarse en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Se tramita en el Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal (Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente).

Recursos y enlaces de interés

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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