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Gestión de acciones sobre organismos modificados genéticamente

A través de este trámite, aquellas personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos de la normativa vigente y quieran usar organismos modificados genéticamente (OMG) con fines diferentes a su comercialización podrán realizar tanto la comunicación como la solicitud de autorización necesarias para la utilización confinada y la liberación voluntaria de los mismos.

Dirigido a

  • Personas físicas o jurídicas que quieran utilizar por primera vez instalaciones y/o que quieran realizar actividades de utilización confinada con OMG.
  • Personas físicas o jurídicas que quieran llevar a cabo la liberación voluntaria al medio ambiente, con finalidad distinta a la comercialización, de un OMG o de una combinación de OMG.

Requisitos

  • Para la realización de actividades de utilización confinada y de liberación voluntaria se deben cumplir los requisitos que establece la normativa vigente.

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Autorización para la liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente

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En plazo permanente

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