Acciones relativas a centros de acuicultura - Autorización de creación
N°361
A través de este trámite se podrá solicitar a la autoridad competente la autorización necesaria para la creación de instalaciones de centros de reproducción y cría de especies de fauna acuícola.
Tipología 38A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Promotores que deseen crear un centro de reproducción y cría de especies acuícolas
Requisitos
- Ser titular del centro (si ya existe) o de los terrenos dónde se pretende instalar el centro.
- Contar con la autorización de los propietarios, así como con autorización para utilizar los recursos hidráulicos.
-
La creación de centros de acuicultura continental está sometida a autorización e inspección de la Administración ambiental, básicamente por la importancia que pueden tener estas instalaciones en la calidad de las aguas, en la transmisión de enfermedades que pudieran afectar a la fauna piscícola y en la introducción de especies, subespecies o genotipos distintos a los del área.
- El proyecto podrá someterse a Evaluación de Impacto Ambiental según el Anexo II de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, que contempla las instalaciones de acuicultura intensiva que tengan una capacidad de producción superior a 500 toneladas al año.
- Se tendrá en cuenta el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, para el caso de instalaciones destinadas a la producción de especies incluidas en cualquiera de los Catálogos de Especies Invasoras
Pago de tasas
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Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Formulario de solicitud
Solicitud de autorización de creación de centros de acuicultura.
En modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a la que se adjuntará la documentación que se indica a continuación.
Descargar modelo Formulario de solicitudAcreditación del solicitante/representante.
Proyecto de instalación y explotación
Elaborado por técnico competente en las materias de obra civil y medio natural que esté visado por el colegio profesional correspondiente. El proyecto deberá contener: obras e instalaciones y de las actividades proyectadas, de las especies objeto de estudio o explotación, de sus características genéticas, de los sistemas de producción o experimentación, de los programas higiosanitarios, así como de la previsible incidencia que sobre la calidad de las aguas y el desarrollo de las especies pueda tener la actividad proyectada.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
OTRO
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, debe solicitar cita previa en INAGA. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 633
- Correo electrónico. inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA (cita previa)
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón
Decreto 25/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón
Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
5 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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