Inscripción
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Solicitud de inscripción en el Registro Administrativo de Parejas no Casadas Estables del Gobierno de Aragón
Dirigido a
- Personas físicas
Requisitos
- Ser mayores de edad
- Formar parte de una pareja cuya existencia se tiene que demostrar mediante documentación acreditativa o declaración de testigos
- Estar empadronados en el mismo domicilio ubicado en la Comunidad de Aragón
- No tener relación de parentesco o de adopción hasta el segundo grado (directa o colateral)
- No estar casado ni formar pareja de hecho con otra persona
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
3 meses desde la entrada de la solicitud en el registro de la Dirección General de Familia, Infancia y Natalidad
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Declaración jurada de voluntad de formar pareja
Declaración firmada por ambos componentes de la pareja en la que se acredite expresamente la voluntad de formar una pareja de hecho.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Escritura pública
Escritura pública emitida por notario que acredite la voluntad de constituir una pareja estable no casada
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-
1. Escritura pública o Acta de notoriedad
Escritura pública o Acta de notoriedad, que acredite la existencia de una pareja estable no casada
-
2. Documento judicial
Documento judicial que atestigüe la existencia de la pareja.
-
3. Declaración de 2 testigos
Declaración firmada de 2 testigos mayores de edad.
Los testigos (familiares, amigos) deberán comparecer para declarar en la oficinas de Registro de
Parejas Estables no Casadas (con cita previa) debidamente identificados.
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4. Fotocopia del Libro de Familia o certificado registral individual del/la hijo/a
Fotocopia del Libro de Familia o certificado registral individual del/la hijo/a común.
Solo en caso de tener un/a hijo/a común mayor de quince meses
-
5. Escritura pública
Escritura pública emitida por notario que acredite la voluntad de constituir una pareja estable no casada.
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6. Otros documentos
Cualquier otro medio de prueba admitido en derecho acreditativo de la convivencia de la pareja.
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1. Fotocopia del documento de identidad
Fotocopia del documento de identidad expedido por el país de origen
-
2. Acreditación del estado civil legalizado
Documento expedido por el país de origen que acredite el estado civil de la persona solicitante. Más información en “Cómo acreditar el estado civil según nacionalidad” y en “Preguntas frecuentes” dentro de documentos y enlace de interés.
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1. Fotocopia del NIE en vigor o fotocopia del Pasaporte
-
2. Acreditación del estado civil legalizado
Documento expedido por el país de origen que acredite el estado civil de la persona solicitante. Más información en “Cómo acreditar el estado civil según nacionalidad” y en “Preguntas frecuentes” dentro de documentos y enlace de interés.
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-
1. Sentencia firme de divorcio
Sentencia firme de divorcio, o certificado literal del matrimonio en el que figure inscrito el divorcio.
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-
1. Certificado literal de defunción del cónyuge
Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido o anotación de dicho fallecimiento en el libro de familia.
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-
1. Documentación traducida
Traducción realizada por traductor/intérprete jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal
Consulta de Defunción
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA, INFANCIA Y NATALIDAD
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
El registro de parejas estables no casadas solo produce efectos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Para poder tramitar por vía telemática es necesario que al menos uno de los miembros de la pareja posea identidad digital (certificado electrónico, Cl@ve pin, Cl@ve permanente o DNI electrónico con lector) para completar el proceso de firma y presentar telemáticamente su solicitud.
En caso de no poseer identidad digital, es posible identificarse con NIF o NIE en vigor, realizar todo el proceso de tramitación online y, al llegar al paso de firma, imprimir la solicitud y presentarla firmada manualmente, junto con la documentación necesaria, de forma presencial en una Oficina de Información y Registro.
Si ningún miembro de la pareja posee uno de estos métodos de identificación o solo dispone de pasaporte, podrá tramitarlo (una de las opciones):
- A través de una persona representante que posea firma electrónica
- Presencialmente en una de las oficinas
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses desde la entrada de la solicitud en el registro de la Dirección General de Familia, Infancia y Natalidad
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Información general y cita previa 976 701 708
Correo electrónico. familiasecretaria@aragon.es
Cita previa. Horario de atención al público de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas
Presencial. Zaragoza (cita previa) Plaza del Pilar, nº 3
Presencial. Huesca (cita previa) C/ San Jorge, nº 65
Presencial. Teruel (cita previa) C/ San Francisco nº1
Correo electrónico. Huesca sphuesca.familias@aragon.es
Correo electrónico. Teruel spteruel.familias@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Decreto 203/1999, de 2 de noviembre, por el que se regula la creación y el régimen de funcionamiento del Registro Administrativo de parejas estables no casadas
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Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de Código del Derecho Foral de Aragón, el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas
-
Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.