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Información sobre qué es el Registro de Parejas Estables no Casadas del Gobierno de Aragón, qué requisitos hay que cumplir y cómo inscribirse.
Última actualización: 29/06/2026
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Qué es el Registro de Parejas Estables no Casadas y requisitos para la inscripción
El Registro de Parejas Estables no Casadas del Gobierno de Aragón es un registro de carácter administrativo. La inscripción en el mismo dará derecho a la aplicación de las leyes administrativas que le correspondan. Les serán de aplicación los derechos y obligaciones establecidos para cónyuges en la normativa aragonesa de derecho público, salvo las de carácter tributario.
Desde el 1 de marzo de 2016 las parejas estables no casadas pueden solicitar la celebración de una comparecencia ante las personas responsables del Registro de Parejas Estables no Casadas del Gobierno de Aragón, a fin de ratificar la voluntad de inscripción.
La pareja que desee inscribirse en el registro habrá de cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos
- Ser mayores de edad.
- Voluntad de constitución de la pareja manifestada mediante escritura pública, o convivencia marital durante un periodo ininterrumpido de dos años acreditado por acta de notoriedad, documento judicial, o mediante cualquiera de los medios de prueba admitidos en derecho.
- No tener una relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.
- No estar ligados con vínculo matrimonial.
- No formar pareja estable no casada con otra persona.
- Tener vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón.
Cita previa e información.
La información y tramitación presencial requieren de cita previa, que puede solicitarse:
En línea en el Servicio de cita previa
Por teléfono, llamando al número 976 701 708 de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
Información de Servicios Provinciales
En Aragón informan y se tramita este reconocimiento, en el Departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia en las Unidades Administrativas Periféricas de Huesca, Zaragoza y Teruel, según la residencia de la unidad familiar. Están en:
- Huesca: Calle San Jorge 65, 22003. Correo electrónico: sphuesca.familias@aragon.es
- Zaragoza: Plaza del Pilar 3, planta baja, 50003. Correo electrónico: spzaragoza.familias@aragon.es y familiasecretaria@aragon.es
- Teruel: Calle San Francisco 1, planta baja izquierda, 44002. Correo electrónico spteruel.familias@aragon.es
El horario de atención al público es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Trámite. Información acerca de la documentación necesaria
- Folleto informativo sobre el registro de parejas estables no casadas. Documentación y normativa
- Documento explicativo sobre la documentación necesaria para inscribirse en el registro de parejas estables no casadas
- Documento explicativo de cómo acreditar el estado civil según nacionalidad
Modos de presentación
- A) TELEMÁTICAMENTE mediante los Trámites Online Registro Parejas
- Opción 1: sin necesidad de identificación electrónica (para imprimir y presentar físicamente en Registro)
- Opción 2: con identificación electrónica (para realizar presentación telemática en Registro Electrónico)
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- B) PRESENCIAL en las sedes provinciales del departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia, en las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Formularios, Anexos y documentos que tendrá que aportar según sea para nueva inscripción, cancelación o modificación y en función de las circunstancias familiares:
- Solicitud de inscripción en el Registro de Parejas Estables no Casadas
- Solicitud de modificación de datos de inscripción
- Solicitud de cancelación de inscripción
- Declaración jurada estado civil
- Parejas con antigüedad inferior a 2 años.
- Escritura pública emitida por notario que acredite la voluntad de constituir una pareja estable no casada
- Parejas con antigüedad superior a 2 años (uno de los siguientes documentos).
- Escritura pública o Acta de notoriedad, que acredite la existencia de una pareja estable no casada
- Documento judicial que atestigüe la existencia de la pareja.
- Declaración firmada de 2 testigos mayores de edad. Los testigos (familiares, amigos) deberán comparecer para declarar en la oficinas de Registro de Parejas Estables no Casadas (con cita previa) debidamente identificados.
- Fotocopia del Libro de Familia o certificado registral individual del/la hijo/a común.Solo en caso de tener un/a hijo/a común mayor de quince meses
- Escritura pública emitida por notario que acredite la voluntad de constituir una pareja estable no casada.
- Cualquier otro medio de prueba admitido en derecho acreditativo de la convivencia de la pareja.
- Solicitante extranjero perteneciente a la UE
- Fotocopia del documento de identidad expedido por el país de origen
- Documento expedido por el país de origen que acredite el estado civil de la persona solicitante.
- Solicitante extranjero NO perteneciente a la UE
- Fotocopia del NIE en vigor o fotocopia del Pasaporte
- Documento expedido por el país de origen que acredite el estado civil de la persona solicitante.
- En caso de que uno o ambos miembro de la pareja estén divorciados
- Sentencia firme de divorcio, o certificado literal del matrimonio en el que figure inscrito el divorcio.
- En caso de que uno o ambos miembros de la pareja sean viudos de un cónyuge fallecido fuera del territorio español
- Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido o anotación de dicho fallecimiento en el libro de familia.
- En caso de aportación de documentación en idioma no español
- Traducción realizada por traductor/intérprete jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.
- Si se solicita cancelación por haber contraído matrimonio
- Certificado de matrimonio
- Se se solicita cancelación por mutuo acuerdo o unilateralmente
- Declaración firmada que acredite expresamente la voluntad de cancelar la pareja
- Si la pareja en el momento de la inscripción acreditase su existencia mediante escritura pública ante notario
- Declaración firmada por al menos un miembro de la pareja que acredite expresamente la voluntad de cancelar la pareja
- Si se solicita cancelación por separación de hecho de más de un año
- Declaración firmada por al menos un miebro de la pareja que acredite expresamente la voluntad de cancelar la pareja
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Obtener certificado acreditativo de su inscripción
Si necesita un certificado acreditativo de su inscripción o no inscripción en Registro de Parejas Estables No Casadas del Gobierno de Aragón, puede solicitarlo de tres formas distintas:
- De forma inmediata telemáticamente mediante la carpeta ciudadana del Gobierno de Aragón (MiA): https://mia.aragon.es/
- Solicitud Online mediante el trámite establecido al efecto: /tramitador/-/tramite/registro-administrativo-parejas-estables-casadas/certificado
- Mediante presentación física en Registros Administrativos del modelo de solicitud: Modelo de solicitud para Certificado de Pareja Estable no Casada
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- Decreto legislativo 1/2011 de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes Civiles Aragonesas (Ver libro II, título VI, art. 303 a 315). (Boletín Oficial de Aragón (BOA), 29/03/2011)
- Decreto 203/1999, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón por el que se regula la creación y régimen de funcionamiento del Registro Administrativo de Parejas estables no casadas (BOA, 15/11/1999)
- Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009. (Ver título XIII: documentación extranjeros) (BOA, 30/04/2011)
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