Autorización excepcional de métodos de caza. - Autorización de suelta de piezas de caza
N° 11194
La repoblación y suelta de piezas de caza en el medio natural requiere autorización del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), exceptuando las sueltas efectuadas por los cotos intensivos de caza menor en el desarrollo de su normal actividad comercial.
Subtipología 33A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Titulares o gestores de un coto de caza
Requisitos
-
Estar interesado en la repoblación de un coto de caza mediante la suelta de especies cinegéticas en el mismo
- No requieren autorización las sueltas para caza inmediata previstas en los planes técnicos y efectuadas en: cotos intensivos de caza menor, zonas de adiestramiento de perros, liberaciones desde granjas cinegéticas autorizadas y enclavadas en terrenos cinegéticos, y desde instalaciones accesorias de recuperación y fomento de especies cinegéticas enclavadas en terrenos cinegéticos (art. 64.2 Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón).
- La importación o introducción de especies o subespecies alóctonas susceptibles de competir con las especies silvestres autóctonas, alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos, requiere aportar autorización del Ministerio competente en materia de medio ambiente conforme al artículo 54 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Información adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
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Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
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- Teléfono. 976 716 022
- Correo electrónico. inaga.area1@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
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- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Corrección de errores de 8 de abril de 2015 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón.
Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decreto 17/2016, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Orden /2009, de 26 de octubre, de 2009, del Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, por la que se desarrolla el Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón, en lo relativo a la práctica de vuelos de entrenamiento de las aves de presa en zonas no cinegéticas.
Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
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Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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