Consultas tributarias vinculantes

Última actualización: 24/06/2025

Los obligados tributarios, colegios profesionales y asociaciones, podrán formular a los órganos competentes de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, las correspondientes consultas respecto al régimen, la calificación o clasificación tributaria que en cada caso corresponda.

Recuerda:

  • No se pueden recurrir las contestaciones a las consultas tributarias vinculantes
  • Si se pueden recurrir los actos administrativos que se dicten aplicando los criterios contenidos en la contestación de consulta.

Consultas sobre los impuestos cedidos a la Comunidad Autónoma

Consultas sobre los impuestos propios de la Comunidad Autónoma

Procedimiento para hacer las consultas

Normativa relacionada con las consultas tributarias


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